OCAMPO, YAMIL DONATO c/ BAKAG S.A. Y OTRO s/DESPIDO
Reclamó despido Yamil Donato Ocampo contra BAKAG S.A. y Empresa Seguridad Zárate S.R.L. por relación laboral encubierta y diferencias salariales. La Cámara modificó la sentencia de grado: elevó la condena a $1.377.326,4, confirmó la solidaridad de las codemandadas y dispuso la actualización por IPC Nivel General más un interés puro del 3% anual.
¿Quién es el actor?
Yamil Donato Ocampo.
- Demandados: BAKAG S.A. y EMPRESA SEGURIDAD ZÁRATE S.R.L.
- Objeto de la demanda: indemnización por despido y reconocimiento de vínculo laboral (fraude en la contratación/intermediación) y pago de diferencias salariales por adicionales convencionales y horas extras.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevó el monto de condena a $1.377.326,4 y ordenó que dicho capital se ajuste desde la fecha de exigibilidad mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC)
- Nivel General
- más un interés puro del 3% anual; además impuso costas y confirmó honorarios de Alzada conforme considerandos.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En virtud de todo lo expuesto, en miras del complicado entramado que intentan presentar las demandadas, y a raíz de la prueba producida en el expediente, la solución adoptada en grado resulta inobjetable, y los términos desarrollados por las demandadas recurrentes en sus memoriales resultan insuficientes para revertirlos."
"Así las cosas, por mi intermedio, cabría confirmar que BAKAG fue la verdadera empleadora del actor y que SEGURIDAD ZÁRATE participó en su contratación y allanó el camino para encubrir aquella vinculación, por lo que la condena de ambas en los términos del art. 29, LCT resultó ajustada a derecho."
"Por todo lo hasta aquí expresado, y en plena coincidencia con los fundamentos expuestos por mi distinguida colega, ... propicio modificar el fallo apelado en lo referente a la adecuación del crédito, que se actualizará desde que cada suma era debida hasta el efectivo pago mediante el IPC – Nivel General-, con más un interés puro del 3% anual sobre el capital actualizado."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución surge del acuerdo plasmado por los dos votos que integran el fallo.
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