BRIZUELA MELGAREJO, LUISA NUMIDIA c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora apeló la sentencia que rechazó su demanda por accidente de trabajo. La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo materia de recurso, pero alteró la imposición de costas y reguló los honorarios de Alzada en el 30% de lo que corresponda por su desempeño en origen.
¿Quién es el actor?
Brizuela Melgarejo, Luisa Numidia (actora).
¿A quién se demanda?
Prevencion ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo (accidente ocurrido el 4/1/2022) y reconocimiento de minusvalía/incapacidad derivada del hecho.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo discutido por la apelación (rechazo de la demanda), con excepción de las costas de primera instancia, que se imponen por el orden causado; impuso las costas de esta instancia por el orden causado y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en el 30% de lo que les corresponda percibir por su desempeño en origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones):
1) Peritaje médico y conclusión sobre relación causal: “…de acuerdo al examen físico y estudios complementarios efectuados a la actora, que la misma pudo haber sufrido un infortunio como el descripto. ‘Sufrió dolor lumbar en una columna lumbosacra con patología crónico degenerativa. ‘La leve limitación funcional detectada obedecería a la patología preexistente. ‘En coincidencia con el Dictamen de Comisión Médica no existiría relación entre la enfermedad detectada y el suceso narrado.’”
2) Sobre la presunción de idoneidad del perito y la valoración judicial: “En definitiva, no puede soslayarse que el trabajo del perito, en función de la aptitud y especial versación que cabe reconocer a quienes se hallan oficialmente habilitados para ejercer la ciencia u oficio de que se trata, goza de una presunción de idoneidad que hace que, en principio, deban aceptarse sus conclusiones en lo que a su especialidad se refiera, salvo la presentación por el interesado de elementos de doctrina que, por su autoridad, permitan dudar acerca de sus conclusiones, o bien cuando éstas puedan aparecer manifiestamente infundadas o arbitrarias a la vista del lego …”
3) Sobre costas y honorarios (propuesta y acuerdo): el voto propuso y el acuerdo resolvió imponer “las costas de primera instancia … por el orden causado”, imponer “las costas de esta instancia por el orden causado” y “regular los honorarios de los profesionales intervinientes en el 30% de los que les correspondan percibir por su desempeño en origen.”
- Votos en disidencia: No consta disidencia; ambos jueces acompañaron el resultado de confirmar la sentencia y las modificaciones en costas y honorarios.
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