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LUDUEÑA, NESTOR EDGARDO c/ TEBA S.A. s/DESPIDO

El actor demandó por despido y reclamos indemnizatorios derivados de la imposición de reincorporación durante la pandemia. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia respecto del fondo, elevó los emolumentos regulados a los profesionales y dispuso costas y honorarios de Alzada conforme sus considerandos.

Despido Indemnizacion art. 80 lct Certificado de trabajo Actualizacion de condena Costas Honorarios Emolumentos Apelacion Prueba pericial contable Pandemia covid-19


¿Quién es el actor?

Néstor Edgardo Ludueña.

¿A quién se demanda?

TEBA S.A.
- Objeto de la demanda: acción por despido; liquidación de rubros indemnizatorios (incluye indemnización artículo 80 LCT y entrega de certificados de trabajo), actualización y liquidación de la condena.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto a lo decidido respecto del fondo; elevó los emolumentos regulados a los profesionales y al auxiliar intervinientes por las tareas de primera instancia; y recayó la distribución de costas y honorarios de Alzada conforme lo expuesto en los considerandos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Tengo por establecido lo siguiente: a) el actor laboraba en la torre de control de la estación terminal de ómnibus de Capital Federal y, a propósito de la pandemia COVID-19 dejó de prestar servicios por su edad; b) ha acreditado padecer una grave dolencia que justificaba, a fines de 2021, no estar en condiciones de retomar el trabajo presencial; c) la pretensión de reincorporación, a la luz de la normativa restrictiva para personal de riesgo dispuesta por el Gobierno Federal, carecía de causa legal; d) con tales antecedentes, la intimación a que se aclare su situación laboral formulada por el accionante que no obtuvo respuesta satisfactoria fue ajustada a derecho". "La recurrente se desentiende por completo de esas motivaciones esenciales y ello sella negativamente la suerte de la impugnación, pues, ... en ausencia de objeciones especialmente dirigidas a las consideraciones determinantes de la decisión adversa al apelante, no puede haber agravio que atender en la alzada...". "En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia de primera instancia en cuanto a lo decidido respecto del fondo. 2) Elevar los emolumentos regulados a los profesionales y auxiliar intervinientes por las tareas de primera instancia en la forma señalada en los considerandos. 3) Costas y honorarios ante esta Alzada conforme lo expuesto en los considerandos."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; ambos jueces (Dr. Héctor C. Guisado y Dr. Manuel P. Díez Selva) adhieren al mismo acuerdo.

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