FERREIRA, MIRTA BEATRIZ c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DESPIDO
Demanda por despido y discriminación política contra el INSSJP por remuneraciones e indemnizaciones. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró discriminatorio el despido, condenó al INSSJP al pago de $2.087.195,03 más intereses, entregas de certificados de trabajo y costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Mirta Beatriz Ferreira.
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP / PAMI).
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnizaciones por despido sin justa causa y rubros conexos; alegato de despido discriminatorio por razones políticas; reclamo de diferencias salariales por limitación de funciones y repercusiones indemnizatorias (incluyendo pedido de doble indemnización por DNU/Decreto 961/2020 y otros rubros como daño moral por discriminación).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó al INSSJP a pagar a la actora la suma de $2.087.195,03 dentro del quinto día y mediante depósito judicial, más intereses en la forma indicada; se condenó además a la demandada a entregar los certificados previstos en el art. 80 LCT bajo apercibimiento de astreintes; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Considero que los elementos obrantes en las actuaciones resultan suficiente para acreditar un haz de indicios idóneo para que se configure la existencia de un posible despido discriminatorio."
La sentencia cita doctrina de la Corte Suprema: "… resultará suficiente, para la parte que afirma dicho motivo, la acreditación de hechos que, 'prima facie' evaluados, resulten idóneos para inducir su existencia, caso en el cual corresponderá al demandado a quien se reprocha la comisión del trato impugnado, la prueba de que éste tuvo como causa un motivo objetivo y razonable ajeno a toda discriminación. La evaluación de uno y otro extremo, naturalmente, es cometido propio de los jueces de la causa, a ser cumplido de conformidad con las reglas de la sana crítica” (cfr. Pellicori, Liliana Silvia ...).
Se consignan declaraciones testimoniales que dan cuenta "prima facie" de despidos por motivos políticos —entre ellas las de Matías Nicolás Ferreiros, Jerónimo Boeris, Adriana Patricia Cano, Cristian Daniel Walberg y Ramón Alejandro Mambrin Motta Bittencourt— y el tribunal valora que esos indicios se encuentran corroborados por una resolución administrativa que limitó funciones y redujo la remuneración de la actora (RESAP-2020-180-INSSJP-DE#INSSJP), cuyos textos se transcriben en el considerando.
Sobre la aplicación del DNU/Decreto: "En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del DNU 961/2020 en cuanto excluye de su ámbito de aplicación al Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156..." y, en consecuencia, se condena al Instituto al pago de la indemnización prevista en dicho decreto.
En cuanto a la cuantificación, la sentencia fija los rubros y montos: 1) Indemnización DNU 961/2020 = $418.341,23; 2) Indemnización por daño moral por despido discriminatorio = $1.411.792,20; 3) Diferencias salariales por modificación de funciones = $257.061,60; total diferido a condena $2.087.195,03, con intereses desde el 14/10/2020 hasta su efectivo pago.
Respecto de la acumulación de rubros, el tribunal explica: "No obstante, dado que ambos rubros se sustentan en idéntico presupuesto, esto es el agravio provocado por la accionada al contrariar la prohibición de discriminación, considero que no es posible su acumulación ya que traduciría un enriquecimiento sin justa causa de la Sra. FERREIRA. En consecuencia, la condena se circunscribe a los términos del anterior párrafo."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; el fallo es de un solo juez de primera instancia.
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