JUAMPEREZ, PATRICIA NILSA c/ ROUX, JULIAN MARIANO Y OTROS s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y reclamos vinculados a retenciones de aportes y contribuciones. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia rechazatoria del reclamo por incumplimiento de los requisitos de agravios (arts. 116 LO y 265 CPCCN), salvo que elevó los honorarios del perito contador y ordenó costas y honorarios de alzada.
¿Quién es el actor?
JUAMPÉREZ, PATRICIA NILSA.
¿A quién se demanda?
ROUX, JULIÁN MARIANO y otros.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y, entre otros rubros, por retenciones/omisión de aportes para jubilación y obra social (art. 132 bis LCT).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia en todo cuanto fue objeto de apelación y agravios, con excepción de los honorarios regulados a favor del perito contador (que se elevaron), y se fijaron costas y honorarios de alzada conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"El magistrado de grado explicó -pág. 5
- que la pretensión con sustento en el art. 132 bis LCT fue genérica y sin detallar, respecto 'de qué y cuánto sería lo efectivamente retenido y sobre qué base debería hacerse el cálculo de la condena', por lo cual concluyó que el reclamo 'no se ajusta a los principios de congruencia y debido proceso; todo ello con base en el resguardo del derecho de defensa (arts. 18 C.N., 65 L.O. y 163 C.P.C.C.N.)'."
"El memorial no satisface los requisitos exigidos por los arts. 116 de la LO y 265 del CPCCN, según los cuales el escrito de expresión de agravios debe contener la crítica concreta y razonada de las partes del fallo que el apelante considere equivocadas."
"En razón de las consideraciones expuestas, en mi opinión, el agravio debe ser desestimado y, por tanto, confirmada la decisión de grado."
- Sobre honorarios y costas:
"Conforme a la importancia y extensión de las tareas realizadas y a la normativa arancelaria aplicable ... considero que los honorarios regulados a favor del perito contador resultan reducidos, por lo que propongo su elevación a la cantidad de 254 UMA y los del letrado interviniente por la parte actora resultan adecuados, por lo que sugiero su confirmación."
"Asimismo, auspicio regular honorarios por las tareas realizadas ante esta instancia en el 30% de aquello que a cada parte le corresponda por sus labores en grado."
- Votos: El voto del Dr. Manuel P. Díez Selva expone los fundamentos y la propuesta; el Dr. Héctor C. Guisado adhiere al voto que antecede. No constan disidencias.
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