RIZZO, LAURA AYELEN c/ ACC GROUP S.A. Y OTRO s/DESPIDO
Demanda por despido y liquidación de prestaciones laborales. La Cámara modificó la sentencia apelada para adecuar el capital de condena conforme al considerando VIII, confirmó las costas de primera instancia a cargo de las codemandadas vencidas y le impuso las costas de alzada solidarias a ACC Group S.A. y YPF Gas S.A., además de ajustar honorarios y emolumentos según lo dispuesto.
¿Quién es el actor?
Rizzo, Laura Ayelén.
- Demandados: ACC Group S.A. y YPF Gas S.A.
- Objeto de la demanda: acción por despido y liquidación de indemnizaciones y rubros laborales (art. 232, 233, 156 LCT, SAC, diferencias salariales, certificados art. 80 LCT, actualización de capital e intereses).
¿Qué se resolvió?
se modificó la sentencia apelada para adecuar el capital de condena conforme al considerando VIII; se confirmó la imposición de costas dispuesta en origen a cargo de las codemandadas vencidas en lo sustancial; se impusieron las costas de alzada solidariamente a ACC Group S.A. e YPF Gas S.A.; se adecuaron honorarios y se fijaron emolumentos de la alzada en el 30% de lo que correspondiera percibir por la actuación en origen.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
1) "Conforme a las consideraciones vertidas, resulta claro que la actividad de prestación de servicios de 'contac center' que despliega 'ACC' no sólo se corresponde con la normal y específica propia del establecimiento de YPG GAS S.A. (aunque no lo haga 'dentro' de ese establecimiento), sino que, además, se encuentra controlada y dirigida por ésta... por lo cual, a la luz de lo establecido en el art. 30 LCT, es indudable que YPF GAS S.A. resulta solidariamente responsable respecto de las obligaciones contraídas con Rizzo por la restante demandada empleadora."
2) "Propongo declarar la invalidez constitucional del art. 7° de la ley 23.928 (modificado por el art. 4° de la ley 25.561), y actualizar el capital de condena desde la fecha de su exigibilidad y hasta la de su efectivo pago, de acuerdo con el índice de precios al consumidor que publica el INDEC (IPC), con más una tasa de interés pura del 3% anual por igual período."
3) "De acuerdo a la solución que se propone en este voto para resolver los recursos impetrados, las accionadas ACC Group S.A. e YPF Gas S.A. conservan la calidad de vencidas en lo sustancial, por lo que cabe mantener a su cargo las costas de primera instancia... Asimismo, cabe fijar los emolumentos de los profesionales intervinientes en la alzada en el 30% de aquello que les corresponda percibir por su actuación en origen (cfr. art. 30 ley 27.423)."
- Disidencia: no surge voto en disidencia; la resolución consta firmada por ambos vocales que integran la Sala.
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