AGUIRRE, CHRISTIAN ADRIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamo por accidente laboral sometido bajo la Ley de Riesgos del Trabajo. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por insuficiente prueba del nexo causal y dispuso costas y honorarios de alzada.
¿Quién es el actor?
Aguirre Christian Adrián.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo / responsabilidad por enfermedad o incapacidad sobreviniente en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios; impuso costas y reguló honorarios de alzada conforme considerandos VI.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"La parte actora no ha logrado acreditar las tareas que afirma haber desempeñado durante la relación laboral. En efecto, no produjo prueba testimonial, técnica o cualquier otro medio idóneo que permita dar cuenta de los hechos vertidos en su escrito de inicio. Tal omisión sella sin más la suerte adversa del reclamo, toda vez que la determinación de una eventual incapacidad sobreviniente – como la pretendida por el accionante
- requiere necesariamente la demostración de las tareas efectivamente desempeñadas y como ellas influyeron en la capacidad obrera del trabajador. Así las cosas, no habiendo acreditado los extremos invocados en su demandada, resulta abstracto efectuar un juicio técnico sobre la existencia y grado de incapacidad alegado, por lo que corresponde el rechazo de la acción intentada. Así lo decido…" (v. hoja 3 del fallo).
"En otras palabras, no es el perito médico quien debe decidir si existe una relación causal entre las incapacidades que pueda evidenciar padecer el trabajador y el hecho denunciado, pues los médicos no asumen ni podrían hacerlo, el rol de jueces en la apreciación de la prueba en relación con los dichos debatidos en la causa (CNAT, Sala VII, 29/08/1997, 'Zabala, Juan E. c/ Ardana S.A.'). Las afirmaciones del perito médico, relativas a las condiciones en que el dependiente prestó servicios, no valen si sólo las conoce a través del relato de éste, a quien incumbe probar que su trabajo fue efectuado en las condiciones que afirma (CNAT, Sala I, 31/10/1997, 'Zerda, Francisco E. c/ Harengus S. A.')."
- Votos y disidencias: Ambos vocales (Dr. Héctor C. Guisado y Dra. Silvia E. Pinto Varela) coincidieron en confirmar la sentencia apelada y en imponer costas y honorarios de alzada; no consta disidencia.
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