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SCHUSTER, DIEGO c/ FUNDACION UNIVERSIDAD DE SAN ANDRES s/DESPIDO

Reclamó el trabajador el pago de indemnizaciones y la entrega de certificados laborales por despido. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia: declaró mal concedido el recurso de la demandada y confirmó la condena a entregar los certificados de trabajo, la liquidación de estipendios y la distribución de costas y honorarios conforme al primer voto.

Despido Certificado de trabajo Estipendios Recurso de apelacion Mal concedido Costas y honorarios Art. 243 lct Ripte Sala iv Confirmacion de grado


¿Quién es el actor?

Diego Schuster (actor en expediente "SCHUSTER, DIEGO C/ FUNDACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN ANDRÈS S/ DESPIDO").

¿A quién se demanda?

Fundación Universidad de San Andrés.
- Objeto de la demanda: acción por despido; se reclamó, entre otros rubros, la entrega de certificados de trabajo y la liquidación de estipendios/ponencias indemnizatorias por la finalización del vínculo.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró mal concedido el recurso interpuesto por la parte demandada y confirmó la condena a hacer entrega de los certificados de trabajo; asimismo confirmó lo decidido en grado respecto de los estipendios y reguló costas y honorarios de alzada conforme lo indicado en el primer voto compartido.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Estimo así que el recurso interpuesto por la demandada ha sido mal concedido, lo que me exime de dar tratamiento a los agravios en él expresados." "En ese sentido, como lo ha sostenido la jurisprudencia, el requisito de la comunicación por escrito exigido por el art. 243 LCT para efectivizar la denuncia del contrato de trabajo sólo es aplicable al despido fundado en justa causa, en tanto que, cuando éste carece de causa que lo justifique, la medida posee validez aun cuando sea comunicada verbalmente, ello, claro está, en la medida de que ello se encuentre acreditado, lo que en el caso no sucede." "A influjo de todo lo expuesto, sugiero desestimar el cuarto agravio de la parte demandada, y confirmar la condena establecida en grado tendiente a que haga entrega del certificado de trabajo de acuerdo a los parámetros del vínculo allí definidos."
- Votos en disidencia: No hubo disidencia; la Dra. Silvia E. Pinto Varela adhirió al voto que antecede.

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