ITURRE, ALEJANDRA BEATRIZ (2) c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora demandó a Provincia ART S.A. por accidente de trabajo (trayecto) reclamando indemnización por incapacidad. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado, mantuvo la condena por $321.777,42 (más actualización e intereses) e impuso las costas de Alzada a la demandada, regulando honorarios en un 30% para cada representación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Iturre Alejandra Beatriz.
Demandado: Provincia ART S.A.
Objeto: Reparación por accidente de trabajo (trayecto) ocurrido el 30/11/2014; indemnización por incapacidad (se determinó incapacidad del 13,32%) y sus accesorios.
Decisión: Se confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de recursos y agravios; se impusieron las costas de Alzada a la demandada y se regularon los honorarios de las representaciones letradas de la actora y de la accionada en el 30% para cada una por lo percibido en origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "En efecto, tras ponderar el valor suasorio del peritaje médico practicado en autos, el sentenciante de grado tuvo por acreditado que la actora presenta un 13,32% de incapacidad como consecuencia del mencionado accidente. Sobre tales bases, condenó a la aseguradora demandada a abonarle la suma de $321.777,42 que deberá ser actualizado desde la fecha en que se tornó exigible (30.11.14) y hasta la de su efectivo pago, de acuerdo con el índice de precios al consumidor que publica el INDEC (IPC), con más una tasa de interés pura del 3% anual por igual período."
2) "Propiciaré desestimar los planteos formulados por la recurrente, dado que el criterio mayoritario de este Tribunal... resultaría perjudicial para la única apelante...".
3) Sobre el DNU 669/19 y su aplicación: "Por todo lo expuesto, consideré –aún lo hago– que resulta improcedente aplicar las pautas indemnizatorias establecidas en el DNU nº 669/19... el instrumento bajo examen no resiste test de constitucionalidad alguno." (voto de la Dra. Hockl, que finalmente adhiere a la solución de la Sala para evitar reformatio in pejus).
4) Disposición arancelaria y costas: "En relación a las costas ante esta Alzada, propicio imponerlas a la accionada vencida (art. 68 CPCCN) y regular los honorarios de las representaciones letradas de las partes en el 30% para cada una de ellas, de lo que les corresponda percibir por sus labores en origen (art. 30, ley 27.423)."
- Votos y coincidencias: la sentencia contiene el voto inicial extenso de la Dra. María Cecilia Hockl (que analiza la controversia sobre el DNU 669/19 y expresa reservas, pero finalmente acompaña la decisión de la Sala por razones de economía procesal) y el voto de la Dra. Gabriela Alejandra Vázquez que adhiere al anterior. No consta disidencia en el acuerdo final.
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