FLORES ROBLES, JOSE c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamó el actor indemnización por accidente bajo la Ley de Riesgos del Trabajo contra Swiss Medical ART S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de grado: ordenó actualizar el capital de condena y adicionar los aditamentos conforme las pautas del voto mayoritario (aplicación del índice RIPTE y un interés puro del 6%), e impuso las costas y reguló honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FLORES ROBLES, JOSE.
Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A.
Objeto: Accidente laboral; pedido de reparación dineraria conforme Ley de Riesgos del Trabajo (indemnización).
Decisión: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala I, modificó parcialmente la sentencia apelada y dispuso que el capital nominal de condena sea actualizado y que lleve aditamentos conforme las pautas establecidas en el voto mayoritario, con la salvedad de que dicha aplicación no empeore la situación del único apelante; además impuso las costas y reguló los honorarios conforme lo dispuesto por el voto mayoritario.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) “La Corte dejó sin efecto el fallo previamente dictado en la causa y dispuso que se emita una nueva decisión conforme a la doctrina establecida en el precedente ‘Lacuadra, Jonatan Daniel c/ DirecTV Argentina S.A. y otros s/ Despido’ (sentencia del 13/08/2024).”
2) “En ‘Lacuadra’ la directriz interpretativa la constituye lo expuesto en su sexto considerando en el que se sienta que ‘... el artículo 768 del CCyCN establece tres criterios para la determinación de la tasa del interés moratorio: lo que acuerden las partes, lo que dispongan las leyes especiales y en subsidio, por las tasas que se fijen según las reglamentaciones del Banco Central. El método de reajuste instituido por la cámara en el acta 2783/2024 implica apartarse sin fundamento de las facultades acordadas a los jueces por el inciso c del artículo citado ya que comporta la aplicación de un coeficiente para la actualización del capital y no de una tasa de interés fijada según las reglamentaciones del Banco Central’.”
3) “El artículo 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo, (conforme la redacción dada por el decreto 669/2019) establece que las prestaciones deben calcularse a partir de una variable salarial (el IBM) actualizada... Forzoso es concluir que el mecanismo de los dos primeros incisos del artículo 12 de la ley 24.557 (según decreto 669/2019) permite llegar a un valor actualizado de la tarifa legal.”
4) “Existe entonces un período de tiempo, el que va desde la primera manifestación invalidante hasta la determinación del monto indemnizatorio, en el que la ley contempla la actualización de la fórmula, pero no prevé una tasa de interés que compense al acreedor o acreedora laboral por la privación del uso del capital. ... Estimo razonable en el caso utilizar una tasa de interés puro del 6% anual, la que corresponderá ser impuesta al crédito indemnizatorio en cuestión desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de liquidación de la indemnización a valores actuales (arts. 772 y 1748 Código Civil y Comercial).”
5) “Por ello, considero que el capital de condena determinado en los pronunciamientos anteriores, conforme el inciso primero del art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo (texto según ley 27.348), deberá recalcularse ... según la variación del índice RIPTE (conforme inciso 2° art. 12 LRT, texto según decreto 669/2019) y, sobre dicho resultado, corresponde añadir un interés puro del 6% desde la fecha del accidente y hasta el momento en que se practique la liquidación del art. 132 de la LO.”
- Votos y acuerdo: El voto del Dr. Enrique Catani expone los fundamentos y propone la solución indicada; la Dra. Gabriela A. Vázquez adhiere al voto del Dr. Catani. El acuerdo final adoptó las pautas del voto mayoritario arriba transcritas. No hay disidencia.
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