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ESCALANTE, OMAR ANIBAL c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó a Experta ART S.A. por reconocimiento de enfermedades profesionales y pago indemnizatorio. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala I) modificó parcialmente la sentencia de grado: determinó que el capital de condena se ajustará según las pautas del acápite III (actualización por RIPTE y régimen de intereses), impuso costas a la demandada y reguló honorarios conforme al voto.

Escalante Experta art s.a. Apelacion Actualizacion ripte Dnu 669/19 Interes moratorio 6% Costas a la demandada Honorarios alzada 30% Peritaje medico Enfermedades profesionales.


¿Quién es el actor?

Escalante, Omar Aníbal.

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).
- Objeto de la demanda: reconocimiento de enfermedades profesionales y condena al pago de indemnización (en grado se condenó a la aseguradora a abonar $3.226.237,93 por patologías cuyo conocimiento fue el 1/10/2016).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado disponiendo que el capital de condena se determinará con ajuste conforme a las pautas del acápite III del pronunciamiento (actualización por índice RIPTE desde la fecha de toma de conocimiento más interés moratorio puro del 6% anual hasta la liquidación provisorio en ejecución, y luego interés equivalente al promedio de la tasa activa del Banco Nación hasta el pago). Además, impuso las costas de ambas instancias a cargo de la demandada y reguló los honorarios de las partes (honorarios de Alzada fijados en el 30% de lo regulado en la instancia anterior).
- Fundamentos principales (textuales y extractos relevantes): Sobre admisibilidad de agravios y valoración probatoria: "la apelante se circunscribe a reproducir -nuevamente ante esta instancia
- los planteos que su parte oportunamente efectuó en la impugnación al peritaje médico... Omite controvertir en su memorial el valor suasorio que la magistrada a quo otorgó a la prueba testifical... y otorgó convicción acerca de la relación causal existente entre tales faenas y las patologías corroboradas por el perito médico en autos." Sobre valoración del peritaje: "el grado incapacitante establecido por el perito médico se ha ajustado a los parámetros del decreto 659/96, y se basa en fundamentos científicos suficientes... corresponde otorgarle pleno valor probatorio (conf. Arts. 386 y 477 del CPCCN)." Sobre actualización e intereses (pautas sustantivas que ahora se aplicarán): "propiciaré que se aplique en el caso lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia nº 669/2019 ('DNU nº 669/19') más un interés puro anual del 6%, de acuerdo al criterio mayoritario de este Tribunal... el cálculo provisional del capital determinado en grado a valores vigentes de la toma de conocimiento de las patologías... se actualizará por RIPTE. Al capital así obtenido, se le sumará un interés moratorio puro del 6% anual desde la referida fecha... A partir de esta última fecha, se aplicará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina hasta el efectivo pago." Sobre costas y honorarios: "propongo que las costas de ambas instancias se impongan a cargo de la demandada... confirmar los honorarios asignados a los/as profesionales intervinientes en autos, los cuales deberán ser calculados en relación con el nuevo monto final de condena... corresponde regular los honorarios de la representación letrada de las partes en el 30% de lo que les corresponda percibir como retribución por su labor en la instancia anterior (art. 30, ley 27.423)."
- Disidencias: no consta voto en disidencia; ambos votos de la Sala (Hockl y Vázquez) adhieren al acuerdo que contiene la modificación parcial señalada.

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