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LUNA, PABLO JESUS IGNACIO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó incapacidad por accidente de trabajo (torsión de muñeca y secuela psicológica). El Juzgado rechazó la apelación y confirmó el dictamen administrativo por falta de nexo causal entre el accidente y la incapacidad psicológica, imponiendo costas y regulando honorarios.

Riesgos del trabajo Incapacidad laboral Nexo causal Trastorno por estres postraumatico Pericia medica Comision medica Homologacion administrativa Costas Honorarios Uma


¿Quién es el actor?

Pablo Jesús Ignacio Luna.

¿A quién se demanda?

ASOCIART S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo (y mención del empleador Dankvel S.A.).
- Objeto de la demanda: Revisión judicial del dictamen de la Comisión Médica y resolución del Servicio de Homologación que consideró que el actor no posee incapacidad laboral derivada del accidente de trabajo del 26/8/2024; el actor reclama reconocimiento de incapacidad (física y psicológica).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el actor y se confirmó lo resuelto en la instancia administrativa. Se declararon las costas en el orden causado y se regularon honorarios por $551.950 (7 UMA), $709.650 (9 UMA) y $315.400 (4 UMA), con expresa imputación del IVA si correspondiera y pago de la tasa de justicia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Respecto la incapacidad psicológica, comparto el criterio que expresa que '...el trastorno por estrés postraumático afecta a las personas que se han visto expuestas a accidentes o situaciones traumatizantes. Se caracteriza por síntomas de entumecimiento, retraimiento psicológico y social, dificultades para controlar las emociones, sobre todo la ira, y recuerdo vivo e intrusivo de las experiencias de la situación traumática. Por definición, un acontecimiento traumatizante es aquél que es ajeno a la variedad normal de acontecimientos de la vida cotidiana y que el individuo vive como abrumador. Suele suponer una amenaza para la vida propia o la de alguien cercano, o la contemplación de una muerte o lesión grave, sobre todo si se produce de forma repentina o violenta´ Trastorno por estrés postraumático y su Relación con la Salud Laboral y la Prevención de Lesiones, ENCICLOPEDIA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO, OIT, 1998'...' (CNAT, Sala I, voto de la Dra. Hockl en autos 'Brítez Bruno Gastón c/Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Ltda. s/accidente ley especial', Expte. Nº 594/2018)." "La cita que contiene el fallo mencionado delinea el concepto de trauma susceptible de generar un daño como aquel cuya reparación se solicita en esta causa, y al que se refiere el perito médico en su dictamen. Es por ello que un suceso como el descripto por el demandante -una torsión de muñeca sin secuelas físicas
- no reviste las características de un acontecimiento como el definido conceptualmente como traumático y de intensidad como para desencadenar un daño indemnizable por este motivo: una incapacidad psicológica." "Destaco que no se verifica ni se explica en el informe médico, ni estudios acompañados, qué factor concreto relacionado al accidente de trabajo incidió de manera nociva en el daño psicológico estimado por el experto. Por lo tanto, corresponde desestimar este segmento del reclamo del actor y en función a lo expuesto, confirmar el dictamen efectuado por la Comisión Médica interviniente en autos."
- Disidencias: No consta voto en disidencia relevado en el dispositivo final.

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