MOREIRA, RAMON REINALDO c/ AUTOEQUIPAMIENTO 860 S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
Demanda laboral por despido y rubros indemnizatorios contra la empleadora AUTOEQUIPAMIENTO 860 S.R.L. El Juzgado nacional hizo lugar a la demanda y condenó a la actora a abonar $1.973.070,55 más intereses, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios a favor del apoderado del actor.
¿Quién es el actor?
Ramón Reinaldo Moreira.
¿A quién se demanda?
Autoequipamiento 860 S.R.L. (y se tuvo por no presentada la demanda respecto de María Paula Bogado y Ramón Ignacio Bogado).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido, indemnizaciones laborales, multas previstas por la ley 24.013 y otros rubros salariales adeudados (remuneraciones de diciembre 2022, enero 2023 y febrero 2023; SAC; vacaciones proporcionales; integración mes de despido; indemnización sustitutiva de preaviso, etc.).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a AUTOEQUIPAMIENTO 860 S.R.L. a pagar al actor la suma de $1.973.070,55 dentro del quinto día mediante depósito judicial, con más los intereses en la forma indicada; se impusieron las costas a la demandada; se ordenó el reintegro del honorario básico al Fondo de Financiamiento previsto por la ley 24.635 y se regularon los honorarios letrados en el equivalente a 10 UMA ($788.500), con aplicación de IVA si corresponde.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
"I.
- En atención a la situación procesal de la demandada AUTOEQUIPAMIENTO 860 S.R.L., cabe tener por cierta la existencia de la relación laboral en las condiciones denunciadas en el inicio, toda vez que no se ha producido prueba en contrario (cfr. art. 71 LO)."
"Así, corresponde presumir que el actor ingresó el 24/01/2022, a prestar tareas como Oficial de Primera – Rama Obrera -CCT 27/88-, bajo las órdenes de la demandada (cfr. art. 26 LCT). La jornada de trabajo era de lunes a viernes de 09.00 a 18.00 horas. Cabe presumir además que percibía una remuneración de $143.132,52.
- en forma mensual."
"II.
- Dado que AUTOEQUIPAMIENTO 860 S.R.L. guardó silencio ante los requerimientos de su dependiente, cabe concluir que el despido decidido por el Sr. MOREIRA resultó justificado, por lo que cabe hacer lugar a los rubros indemnizatorios reclamados con fundamento en la LCT (cfr. arts. 57, 242, 243 y 246 de la LCT)."
"IV.
- A los fines de practicar la liquidación pertinente, consideraré la remuneración mensual de $143.132,52.
- que fuera denunciada en el escrito inicial y que estimo razonable (cfr. art. 71 L.O.)."
"Los rubros e importes que diferiré a condena son los siguientes: ... total que diferiré a condena de $1.973.070,55.
- se incrementará desde que la suma es debida -08/04/2023
- y hasta su efectivo pago ... Los intereses establecidos se capitalizarán por una única vez a la fecha de la notificación del primer traslado de la demanda (20/05/2025 ... conforme art. 770 inciso b CCCN)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la sentencia.
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