FARRUGGIO, ELENA LILIANA c/ JAIME, LAURA MERCEDES s/DESPIDO
La actora demandó por indemnizaciones derivadas de despido indirecto y diferencias salariales por una relación laboral no registrada como chofer particular. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a abonar $246.212,22 más intereses, ordenar la entrega de certificado de trabajo y declarar procedentes las multas y diferencias salariales por falta de registración.
¿Quién es el actor?
Elena Liliana Farruggio.
¿A quién se demanda?
Laura Mercedes Jaime.
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnización por despido (despido indirecto), diferencias salariales por falta de registración, salarios adeudados (febrero y marzo 2016), SAC y vacaciones proporcionales, daños y gastos por uso del automotor, ropa de trabajo, y multas por incumplimiento de registración.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Laura Mercedes Jaime a pagar a Elena Liliana Farruggio la suma de $246.212,22 dentro del quinto día mediante depósito judicial, más intereses en la forma indicada; asimismo la demandada debe entregar el certificado de trabajo y la certificación de servicios y remuneraciones de ANSES en los términos fijados, bajo apercibimiento de astreintes; se impusieron las costas a la demandada; y se regularon honorarios conforme lo descripto en el fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En efecto, observo que como prueba testimonial, únicamente declaró una testigo ofrecida por la parte actora... Que las dos o tres veces por semana eran siempre después de las 17hs y que siempre estaban los chicos en el auto... Que la actora no le cobraba a la dicente, me lo hacía porque éramos vecinas con buena relación, pero no me cobraba" (acta testimonial, foliatura digital 120).
"Analizados el testimonio, y valoradas las pruebas merituadas a la luz de las reglas de la sana crítica (conf. arts. 90 LO, 386 y 477 CPCCN) juzgo acreditado que la actora prestó tareas para la demandada, en la modalidad descripta en el escrito de inicio... Nótese que dicha declaración no fue objeto de impugnación por la parte demandada (conf. arts. 90 LO y 386 CPCCN)."
"Por otra parte, a foliatura digital 120, se tuvo a la demandada por reconocida la documental acompañada por la parte actora, consistente en: 1) 'Nota manuscrita por la demandada con instrucciones de trabajo a la actora', 2) 'Tres hojas manuscritas por la demanda y una planilla Excel con escritura de la demandada con agenda y órdenes y distribución del trabajo a la actora'... A su vez, del análisis del peritaje informático surge que los mails acompañados como documental por la parte actora, obrantes en Anexo 553, 'no presentan indicios de adulteración y/o modificación' (ver informe en foliatura digital 145/147)."
"Demostrado el contrato de trabajo sin registro... resulta aplicable la presunción iuris tantum que prevé el art. 57 de la LCT... considero que el silencio de la demandada a dar cumplimiento con una de las principales obligaciones, como lo es el registro del contrato de trabajo... constituyó una injuria cuya gravedad imposibilitó la prosecución del contrato de trabajo (arts. 242 y 246 LCT)."
"En virtud de ello, la reclamante resulta acreedora de las indemnizaciones previstas en los arts. 232, 233 y 245 LCT, con más el incremento previsto en el artículo 2° de la ley 25.323, y multas de los artículos 8 y 15 de la ley 24.013..."
"FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda, y en consecuencia condenar a LAURA MERCEDES JAIME a pagar a la actora, ELENA LILIANA FARRUGGIO, la suma de $246.212,22... 2) Asimismo, condenar a la demandada a hacer entrega a la actora en idéntico plazo el certificado de trabajo previsto en el art. 80 LCT... 3) Imponer las costas del juicio... 4) De conformidad con lo dispuesto por el art. 13 de la ley 24.635, ésta deberá reintegrar al Fondo de Financiamiento..."
- Disidencias: No existen votos en disidencia en la presente sentencia.
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