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HOWES, DANTE JAVIER c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Demandante reclamó prestaciones dinerarias por accidente de trabajo por epicondilitis del codo derecho. El Juzgado nacional de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a GALENO ART S.A. a pagar $121.399,72 más intereses y cargos, por incapacidad parcial y permanente del 7% de la TO, con imposición de costas a la demandada.

Accidente de trabajo Epicondilitis Incapacidad parcial permanente Ley 24.557 Art Baremo Factores de ponderacion Ibm Ripte (no aplicado) Condena dineraria


¿Quién es el actor?

HOWES, Dante Javier.

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).
- Objeto de la demanda: cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo (Ley 24.557) por epicondilitis del codo derecho, con petición de reconocimiento de incapacidad física y daño psicológico; impugnación de liquidación previa y planteos de inconstitucionalidad de normas de la LRT.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda en cuanto a la prestación dineraria por incapacidad física. Se reconoció una incapacidad parcial y permanente del 7% de la TO (5% incapacidad física más 2% por factores de ponderación) y se condenó a GALENO ART S.A. a pagar $121.399,72 (con deducción previa de $44.374,50 ya abonados), más intereses según la operatoria y con imposición de costas a la demandada. No prosperó el reclamo por daño psíquico ni los planteos generales de inconstitucionalidad y no se aplicó la actualización por RIPTE a la fórmula del art. 14.2.a).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): 1) Pericia médica y valoración probatoria: “Examinada la zona traumada, el codo derecho, se comprobó dolor a la palpación de la región del epicóndilo, también a la presión... De los antecedentes de autos, del reconocimiento médico y de los estudios complementarios, estoy en condiciones de informar que, Dante Javier Howes... comenzó con dolores intensos... En la actualidad el actor es portador de una epicondilitis crónica, existiendo leves limitaciones funcionales... Desde lo físico estimo la incapacidad parcial y permanente en el 5% de la total. No se hallaron alteraciones psíquicas incapacitantes en relación con los hechos de autos.” 2) A raíz de observaciones y precisiones: “La perita... concluyó que ‘Debe además haber releer lo informado por esta perito... El actor tiene dificultad para la realización de las tareas habituales y además amerita recalificación, sin dejar de lado la edad que cursa. Es por ello que ratifico en su totalidad lo informado hasta la fecha, siendo su incapacidad parcial y permanente por las limitaciones funcionales halladas.’” 3) Valoración judicial y conclusión sobre incapacidad y factores: “En consecuencia... la demanda prosperará por la incapacidad física del 5% de la TO por las secuelas del accidente denunciado, porcentual que es compatible con los establecidos por el Baremo del Dto. 659/96. Corresponde asimismo adicionar un 2% en concepto de factores de ponderación... Así, el actor es portador de una incapacidad parcial y permanente del 7 % de la TO.” 4) Sobre RIPTE y actualización: “En consecuencia, he de desestimar la aplicación del RIPTE a la fórmula prevista en el art. 14.2.a) de la LRT.” 5) Liquidación y condena: “Así, considerando el IBM obtenido, el grado de incapacidad física determinada (7%) y el coeficiente de edad aplicable (65/48 años = 1,35) la indemnización prevista por art. 14 inc. 2º apartado a) de la ley 24.557... asciende a la suma de $ 101.166,44... A dicha suma, además, deberá adicionársele la de $ 20.233,28 conforme lo normado por el art. 3 de la Ley 26.773... GALENO ART SA deberá abonar a HOWES, DANTE JAVIER... la suma de $ 121.399,72... en concepto de prestación dineraria prevista por la L.R.T.” 6) Sobre inconstitucionalidad y comisiones médicas: la jueza sigue precedentes de la CSJN y de tribunales nacionales, sosteniendo la invalidez de arts. 21, 22 y 46 de la LRT respecto del juez natural y reasignación de competencia a la Justicia del Trabajo; sin embargo los demás planteos de inconstitucionalidad (art.12 LRT, art.3 ley 26773, aplicación del art.12 sobre IBM) fueron rechazados conforme la interpretación normativa y precedentes citados.
- Disidencias: no hubo votación colegiada (sentencia de primera instancia firmada por la jueza), por lo que no se informan votos en disidencia.

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