LEMOS, SANDRA VERONICA c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamo por indemnización por accidente de trabajo bajo ley 24.557 contra la aseguradora (ART). La Cámara modificó la sentencia de grado y redujo el capital de condena a $434.971,30, con intereses según el considerando IV, e impuso costas de alzada y regulación de estipendios según considerandos V y VI.
¿Quién es el actor?
Lemos Sandra Verónica (actora/apelante).
¿A quién se demanda?
Asociart ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso contra la sentencia que admitió parcialmente la pretensión de la actora por incapacidad derivada de accidente de trabajo (siniestro del 23/09/2019), discusión sobre grado de incapacidad y actualización/ajuste del capital indemnizatorio (ley 27.348 / art.12 ley 24.557).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de grado y redujo el capital de condena a la suma de $434.971,30, que devengará intereses conforme al considerando IV; además, impuso costas de alzada y reguló estipendios en ambas instancias conforme los considerandos V y VI.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) “En síntesis, la suma a resarcir asciende a $434.971,30, mas sus intereses.” (voto del Dr. Héctor C. Guisado, considerando III).
2) Sobre la actualización y pauta a aplicar: “Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE, b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral ... c) el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039.” (considerando IV).
3) Sobre honorarios y costas: “El nuevo resultado del pleito ... conduce a dejar sin efecto las regulaciones de honorarios y proceder a su determinación en forma originaria... regular los estipendios ... en las respectivas sumas de $2.116.306,28 (27,40 UMAs), $2.819.396 (36,50 UMAs) y $849.519 (11 UMAs) ...” (considerando V) y “Dada la forma en que quedó resuelta la cuestión, sugiero imponer las costas de alzada en el orden causado ... y regular los honorarios ... en el 30% a cada una ...” (considerando VI).
4) Voto final que sintetiza la decisión: “En síntesis, voto por: 1) Modificar la sentencia de grado y reducir el capital de condena a la suma de $434.971,30, que devengará intereses conforme considerando IV. 3) Costas de alzada y estipendios de ambas instancias según considerandos V y VI.” (considerando VII).
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la Dra. Silvia E. Pinto Varela adhirió al voto del Dr. Guisado y el acuerdo adoptó la modificación indicada.
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