MEDINA MIGUEL IGNACIO Y OTROS c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
Los actores reclamaron diferencias salariales por el pago del “adicional por antigüedad” frente a ANSES. La Cámara decretó la inconstitucionalidad del art. 7° de la ley 23.928, revocó la sentencia de primera instancia y condenó a la demandada a abonar las diferencias por antigüedad según los parámetros del Considerando III, con costas y honorarios de ambas instancias a cargo de la demandada.
¿Quién es el actor?
Miguel Ignacio Medina y otros.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Cobro de diferencias salariales por el adicional por antigüedad (periodo reclamado desde abril de 2012 hasta la sentencia de primera instancia, 16/05/2024, salvo extinción anterior de la relación laboral).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia apelada y hizo lugar a la demanda; declaró la inconstitucionalidad del artículo 7° de la ley 23.928 (texto según ley 25.561) y condenó a ANSES a abonar a cada actor (excepto la coactora Sueldo) las diferencias salariales por adicional por antigüedad conforme los parámetros del Considerando III, según cálculo del perito contador en la etapa del art. 132 L.O., disponiendo además dejar sin efecto lo decidido sobre costas y honorarios y que las costas y honorarios de ambas instancias se rijan por lo dispuesto en el Considerando III. Pago dentro de los cinco días de practicada la liquidación y mediante depósito en autos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
1) Sobre la obligación de actualización y la inconstitucionalidad del art. 7° ley 23.928:
“El art. 7° de la ley 23.928 (en su actual redacción) establece: ‘El deudor de una obligación de dar una suma determinada de pesos cumple su obligación dando el día de su vencimiento la cantidad nominalmente expresada. En ningún caso se admitirá actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas, cualquiera fuere su causa, haya o no mora del deudor, con las salvedades previstas en la presente ley. Quedan derogadas las disposiciones legales y reglamentarias y serán inaplicables las disposiciones contractuales o convencionales que contravinieren lo aquí dispuesto.’ ... Por ende, … resulta pertinente seguir las directrices consagradas por el Máximo Tribunal … [y] exige … la declaración de invalidez constitucional del art. 7° de la ley 23.928, en tanto impide la actualización del capital de condena.”
2) Sobre el criterio de actualización e intereses aplicables:
“Tal decisión impone la adecuación del capital de condena a través de una pauta de razonabilidad … corresponde establecer mediante la aplicación del indicador salarial de naturaleza previsional … ‘Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables’ (Ripte) … con más un 7% anual de interés puro sobre el capital, sin perjuicio de las facultades previstas en el art. 771 del CCyCN. … por razones de economía procesal he adherido a dicho criterio de la mayoría de este Tribunal, declarando la invalidez constitucional del art. 7° de la ley 23.928 … con más una tasa de interés pura del 3% anual por igual período.”
- Descuento reconocido por la Sala:
Se ordena descontar del monto reclamada el “reconocimiento institucional/previsional” abonado por ANSES a partir del 1/3/2009, porque ese rubro “no era otra cosa que un plus por antigüedad” y debe imputarse.
- Votos: Los dos votos que conforman la sentencia (Díez Selva y Guisado) adhieren a la resolución por mayoría. No consta disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: