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DE VEGA, CLAUDIO ALBERTO c/ SEGAR SEGURIDAD S.A. s/DESPIDO

El actor demandó por despido y cobro de sumas derivadas de la relación laboral. El Juzgado rechazó la demanda, considerando acreditado el despido con causa por ausencias injustificadas y fundándose en testimonios coincidentes y pericia contable que constató pago de la liquidación final.

Despido con causa Ausencias injustificadas Prueba testimonial Pericia contable Liquidacion final Costas Honorarios uma Convenio colectivo 507/07 Jornada y turnos rotativos Juzgado nacional de primera instancia del trabajo n?65


¿Quién es el actor?

DE VEGA, CLAUDIO ALBERTO.

¿A quién se demanda?

SEGAR SEGURIDAD S.A.
- Objeto de la demanda: Cobro de sumas por despido (liquidación) y diferencias salariales/horas trabajadas según liquidación a fs.28 vta./29, con más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda interpuesta por DE VEGA, CLAUDIO ALBERTO contra SEGAR SEGURIDAD S.A.; se imponen las costas en el orden causado y las comunes por partes iguales; y se regularon honorarios para las partes y perito en las sumas indicadas (8, 16 y 6 UMA respectivamente).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "De manera preliminar, resulta pertinente señalar que la parte actora no ha logrado acreditar los hechos narrados en el libelo inicial y durante el intercambio telegráfico, pues bien, la orfandad probatoria existente, sumado a que obran en la causa escasos elementos probatorios que favorecen la postura y los dichos de la accionada, me permiten inferir y dilucidar que efectivamente el actor fue despedido correctamente con causa, y que además no ha logrado tampoco comprobar los hechos que sucesivamente denunciaba durante el intercambio telegráfico, tales como la negativa de ingreso al lugar de trabajo, entre otras cuestiones." "De los fragmentos resaltados, surgen grandes coincidencias y compatibilidades entre los mismos testimonios, y sobre todo respecto a los dichos y a los hechos narrados por la demandada en su response. Asimismo, dichas declaraciones no fueron impugnadas u objetadas por el accionante, con lo cual cobran especial valor y verosimilitud. A mi modo de ver, considerando el rol, las funciones, las razones de los dichos y los detalles brindados por los deponentes, surge con claridad que el actor solía ausentarse a su lugar de trabajo sin justificar o explicar sus inasistencias, resultando por tales motivos acreditado o justificado el motivo o causa del despido dispuesto por la empresa empleadora." "Por otra parte, considerando el despido con causa y los términos en los que ha quedado trabada la Litis, surge de la pericia contable practicada (fs.103/120), surge que la empresa abonó la liquidación final. En tal sentido, el experto contable informó que: '8
- Indique si mi mandante realizó transferencias al actor a su cuenta sueldo luego de su desvinculación, en caso afirmativo indique montos, fechas y rubros cancelados al acta. Con fecha 08-08-2016 a través de la cuenta sueldo del Banco Rio de la Plata se transfirió desde la cuenta 029-0036001, (Numero de Envío 000895) a la cuenta 0029-0-3-000011264834 perteneciente a De Vega Claudio Alberto, la suma de $ 1039.80 coincidente con la liquidación final del actor'." "En síntesis, concluyo que el actor no ha producido pruebas suficientes, idóneas y solidas como para acreditar los reclamos y hechos narrados en el libelo inicial, y simultáneamente, la parte demandada ha logrado generar elementos probatorios coincidentes con los hechos denunciados, justificando el motivo por el cual se generó el distracto. En atención a las valoraciones efectuadas precedentemente, propicio rechazar la demanda interpuesta."
- Disidencias: no consta voto en disidencia; resolución dictada por la Jueza de primera instancia.

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