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GUSMAN, LUIS FEDERICO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor impugnó el dictamen de la Comisión Médica Nº 10 que determinó ausencia de incapacidad por accidente laboral. El Juzgado confirmó la decisión administrativa al considerar fundado y suficiente el informe pericial y la prueba médica incorporada, y rechazó los agravios por ausencia de elementos que permitan apartarse de la valoración médica.

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¿Quién es el actor?

Luis Federico Gusman.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical ART S.A. (empleador Lamerich S.R.L. afiliado a Swiss Medical ART S.A.).
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la decisión del Servicio de Homologación de la Comisión Médica Nº 10 de la SRT que concluyó que el actor “NO POSEE INCAPACIDAD” derivada de la contingencia del 31/05/2024; pretende se revoque la decisión administrativa y se reconozca incapacidad (alega incapacidad del 20% por lesiones físicas y 10% por daño psicológico).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó lo decidido en la instancia administrativa por la Comisión Médica Nº 10; se impusieron las costas por su orden y las comunes por mitades; y se regularon emolumentos a favor de los profesionales intervinientes en los montos fijados en la sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "El experto concluyó que 'El actor NO presenta secuelas del accidente referido.
- Por ello NO PRESENTA INCAPACIDAD PSICOFISICA ALGUNA.' Las partes consintieron el informe." "A criterio de la Suscripta, la ausencia de incapacidad acreditada por el perito médico deriva de un informe fundado, científica y objetivamente y, además, está avalada por los estudios complementarios solicitados. Corresponde en consecuencia reconocerle plena eficacia probatoria, de acuerdo con las reglas de la sana crítica (arts. 386 y 477 del C.P.C.C.N.), atendiendo a los principios técnicos en que se funda, la idoneidad y especialidad del profesional actuante." "Cabe señalar que aun cuando las normas procesales no acuerdan al dictamen el carácter de prueba legal y permiten al juzgador formar su propia convicción al respecto, es indudable que para apartarse de la valoración de los médicos actuantes el juez debe hallarse asistido de sólidos argumentos en un campo del saber ajeno al hombre de derecho. Y en el sub examine no se ha acompañado prueba que conduzca en forma fehaciente e inequívoca a la detección del error o del inadecuado uso que el médico interviniente ha hecho de su conocimiento científico."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el decisorio.

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