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MENA FERNANDEZ, STEPHANIE SOFÍA c/ VIEDEP S.A. Y OTROS s/DESPIDO

Trabajadora reclamó indemnizaciones por despido, vacaciones, SAC, sanciones y certificado de trabajo por relación laboral no registrada. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, condenó a Viedep S.A. y a Lanfranco Onell Fernando al pago de $233.892,52 (a actualizar por RIPTE y más 6% anual) y a entregar el certificado art.80 LCT, y rechazó las pretensiones contra Montedoro y Castiñeira.

Despido Indemnizacion Certificado art.80 lct Multa ley 25.323 art.1 y art.2 Empleador pluripersonal Relacion laboral no registrada Ripte Actualizacion Interes 6% anual Costas y honorarios.


¿Quién es el actor?

Mena Fernández Stephanie Sofía.
- Demandados: Viedep S.A.; Onell Fernando Lanfranco; Montedoro Mariela Noemí; Castiñeira Mirta Susana.
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnización por despido, integración del mes, días trabajados, vacaciones proporcionales, S.A.C. proporcional, diferencias salariales, sanciones de los arts. 1 y 2 de la Ley 25.323 y entrega del certificado previsto en el art. 80 L.C.T. por vínculo no registrado.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda contra Viedep S.A. y Lanfranco Onell Fernando y se los condenó a pagar a la actora la suma de $233.892,52 (que deberá actualizarse conforme al índice RIPTE desde la fecha de extinción 12/06/2018 y devengar interés del 6% anual), y a entregar el certificado de trabajo art.80 L.C.T.; se rechazó la demanda contra Montedoro Mariela Rita y Castiñeira Mirta Susana; se regularon costas y honorarios conforme lo fundado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Por ende, la sociedad y Lanfranco Onell Fernando integran un sujeto empleador pluripersonal en los términos del art.26 de la LCT, en el marco de una relación laboral." "III. a. Por todo lo expuesto, la accionante resulta acreedora de las multas derivadas del despido (arts. 245, 232 y 233 L.C.T.) ante el silencio que guardaron a sus legítimos reclamos la sociedad y el demandado Lanfranco." "f. Por el contrario, corresponde el rechazo de las diferencias salariales reclamadas en tanto la demandante se limitó a calcularlas en forma global sin efectuar un detalle de las sumas devengadas mes a mes..." "IV. Para efectuar los cálculos correspondientes a los rubros de condena estaré a la remuneración invocada al demandar por la suma de $20.800, que luce acorde a la escala salarial determinada en la norma convencional, como así también a la fecha de ingreso, 20/09/2017 y egreso, 12/06/2018." "FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda incoada por MENA FERNANDEZ Stephanie Sofía contra VIEDEP S.A. y LANFRANCO Onell Fernando y condenarlos a pagar a la actora ... la suma de pesos doscientos treinta y tres mil ochocientos noventa y dos con cincuenta y dos centavos ($233.892,52), que deberá incrementarse del modo dispuesto en el considerando respectivo; 2) Rechazar la demanda incoada contra Montedoro Mariela Rita y Castiñeira Mirta Susana por improcedente (art.726, CCCN); ..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en la parte resolutiva.

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