DANEVICH, ROBERTO EMMANUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó el actor contra Provincia ART SA por indemnización por accidente (Ley 27.348). La Cámara modificó la sentencia apelada disponiendo que el capital se actualice según el criterio del considerando II (ajuste por RIPTE y luego interés moratorio según BNA acumulable), dejó sin efecto las regulaciones de honorarios y fijó los emolumentos de primera instancia en los montos consignados, e imputó las costas de la alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
Danevich, Roberto Emmanuel.
¿A quién se demanda?
Provincia ART SA (aseguradora).
- Objeto de la demanda: recurso contra sentencia que había modificado resolución de la Comisión Médica n°10 y condenado a la aseguradora a pagar $1.977.031,53 por indemnización derivada de un accidente (Ley 27.348 / art. 11 y art. 12 ley 24.557). El apelante cuestionó el mecanismo de adecuación aplicado (tasa/interés y capitalización).
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia apelada para establecer que el capital se ajustará conforme al considerando II (aplicación del ajuste por RIPTE hasta la liquidación y, en caso de mora, interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA acumulable al capital semestralmente), dejó sin efecto las regulaciones de honorarios de la instancia anterior y fijó los emolumentos de primera instancia en las cantidades indicadas en el considerando III, impuso las costas de la alzada a la demandada y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en el 30% de los que correspondan por su actuación en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
“Como es sabido, la facultad conferida a los jueces por el Código Civil y Comercial para fijar la tasa de interés está condicionada a que no existan intereses fijados por las partes o por leyes especiales. Es por eso que, en el acta 2764 CNAT se aclaró expresamente que ‘lo sugerido en este acuerdo es para aquellos créditos que no tengan un régimen legal en materia de intereses aplicable’.”
Se reproduce el texto normativo (art. 11 ley 27.348 y la modificación por decreto 669/2019) y se explica su alcance: “Desde la fecha de la primera manifestación invalidante ... el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina.”
Motivación decisiva para la modificación: “En la medida en que las disposiciones del aludido decreto 669/2019 resultan en la actualidad más favorables para la preservación del valor real de los créditos, el vicio de origen apuntado queda salvado ... Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento ... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA ... acumulándose los intereses al capital en forma semestral ... c) el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039.”
Sobre honorarios: “En atención al monto de condena y el mérito e importancia de los trabajos realizados ... regular los honorarios de primera instancia ... en las cantidades de $3.818.354,67 (49,44 UMAs), $3.461.221,51 (44,81 UMAs) y $1.081.206 (14 UMAs) ...”
- Votos en la causa: Ambos vocales (Dr. Héctor C. Guisado y Dr. Manuel P. Diez Selva) coincidieron en los fundamentos y en la decisión adoptada; no consta disidencia.
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