FERNANDEZ, PAULA VIRGINIA c/ PISPIRETAS S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
La actora demandó por despido sin causa, diferencias salariales, pagos no registrados y certificaciones de trabajo. El Juzgado hizo lugar a la demanda contra PISPIRETAS S.R.L., declaró injustificado el despido, condenó a la empresa al pago de las indemnizaciones y rubros detallados y a entregar certificados de trabajo y aportes, y rechazó la demanda contra FITTIPALDI Alejandra.
¿Quién es el actor?
FERNANDEZ, PAULA VIRGINIA.
- Demandados: PISPIRETAS S.R.L. y FITTIPALDI, ALEJANDRA.
- Objeto de la demanda: Despido sin causa; indemnizaciones por despido; diferencias salariales; pagos fuera de registración (“en negro”); comisiones; certificaciones de trabajo y aportes previsionales; multas legales; otros rubros laborales.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda frente a PISPIRETAS S.R.L.: se condena a la empresa a pagar las sumas que determine el perito contador conforme al cálculo que se ordena (art. 132 L.O.), y a acompañar certificados de trabajo y de aportes y contribuciones previsionales conforme su real categoría, bajo apercibimiento; se imponen las costas a PISPIRETAS S.R.L.; se rechaza la demanda contra FITTIPALDI ALEJANDRA con costas en el orden causado; se difiere la regulación de honorarios y se ordenan los demás trámites indicados en la parte dispositiva.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
1) Sobre la causal alegada y el intercambio telegráfico: “…la trabajadora duplicó los valores de los vouchers que debía confeccionar y entregar a los ganadores del sorteo, contrariando expresas instrucciones de la empresa, generando un perjuicio económico y configurando pérdida de confianza que torna imposible la prosecución del vínculo (arts. 62, 63, 84, 85 y 86 LCT), por lo que queda Ud. despedida con justa causa.”
2) Sobre la insuficiencia probatoria de la empleadora y conclusión sobre el despido: “La demandada invoca la existencia de un sumario administrativo, pero en autos no acompaña el sumario en sí... Ello impide tener por acreditada la existencia misma del sumario invocado como antecedente del distracto, así como la veracidad y entidad de los hechos que se alegan como injuria laboral... En consecuencia, la causal invocada por la empleadora no se encuentra acreditada y, la injuria imputada no ha quedado demostrada con el grado de certeza que exige el art. 243 LCT, por lo que corresponde tener por injustificado el despido dispuesto por PISPIRETAS SRL. En consecuencia, la actora resulta acreedora a las indemnizaciones previstas por los arts. 232, 233 y 245 LCT, a saber: indemnización por antigüedad; preaviso; SAC s/preaviso; integración mes de despido y SAC s/integración.”
3) Sobre registración, jornada y pagos no registrados: “De este modo, la totalidad de los testimonios dan cuenta de la jornada realmente cumplida, la multiplicidad de tareas realizadas y la existencia de pagos no registrados, así como del sistema de comisiones denunciado, que no fue documentado ni registrado por la empleadora... En consecuencia, doy por acreditado que la actora cumplía una jornada mayor a la registrada, realizaba múltiples tareas propias de su categoría y otras adicionales, percibía parte de su remuneración en forma no registrada y cobraba comisiones variables conforme objetivos de ventas comunicados internamente, circunstancias que serán tenidas en cuenta para la determinación de las diferencias salariales y de la base remuneratoria aplicable.”
- Disidencias: no consta voto en disidencia; la resolución es del juez de primera instancia.
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