SOSA, BLANCA MAGDALENA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora demandó por accidente laboral bajo la Ley 27.348 contra Provincia ART S.A. La Cámara modificó la sentencia de grado y fijó la condena en $720.104,54 con intereses desde el 1/6/2022 y costas y honorarios de ambas instancias.
¿Quién es el actor?
Sosa Blanca Magdalena (actora).
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo por indemnización derivada de un accidente de trabajo (acción fundada en la Ley 27.348).
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de grado y fijó el monto de condena en $720.104,54, que devengará intereses desde el 1 de junio de 2022; además confirmó la imposición de costas y fijó honorarios conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Para así decidir, la sentenciante de grado manifestó que '…En los casos como el presente para analizar la procedencia de las indemnizaciones que reparan daños vinculados causalmente con los eventos que su juzgan dañosos, teniendo en cuenta que no se trató de un incidente mayor o traumático en cuanto al suceso en sí mismo –pues, tal como surge del informe pericial médico el actor, afortunadamente, no padeció consecuencias lesivas del mismo
- y que parte de ese porcentaje surge de circunstancias relativas a la personalidad del trabajador. Por esta última razón, el porcentaje de incapacidad psíquica se limitará al 5% de la total obrera, razon por la cual la incapacidad será del 9.8% (3+5 psicofisica) + 1.08 (factores de ponderación)…'."
"Partiendo de esa base, a fin de dar respuesta al planteo de la recurrente tendiente a cuestionar la tasa de interés, propongo reorganizar la metodología empleada en grado, es decir, utilizar la suma de $97.346,61 como IBM –promedio de las 12 remuneraciones anteriores al accidente actualizadas por RIPTE
- en la fórmula indemnizatoria y al resultado aplicarle intereses, ya que el resultado final no se verá afectado."
"En consecuencia, voto por: 1) Modificar la sentencia de grado y fijar el monto de condena en la suma de $720.104,54 (pesos setecientos veinte mil ciento cuatro con cincuenta y cuatro centavos), que llevará intereses desde el 1 de junio de 2022 conforme la tasa establecida en el considerando III. 2) Costas y honorarios de ambas instancias conforme considerando IV."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; el Dr. Guisado adhirió al voto de la Dra. Pinto Varela.
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