Logo

MAROTTA, MARIANO SEBASTIAN -2- c/ B.A. CADETES S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

Marotta promovió demanda por despido contra BA CADETES SRL y otro. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda y, en lo remitente a honorarios, dejó sin efecto la regulación originaria y fijó nuevos montos para la dirección letrada y el perito contador, además de imponer costas de alzada.

Despido Apelacion Confirmacion de sentencia Honorarios Umas Costas de alzada Camara nacional de apelaciones del trabajo Prueba testimonial Ley 27.423 Regulacion de emolumentos


¿Quién es el actor?

MAROTTA, Mariano Sebastián.

¿A quién se demanda?

BA CADETES SRL y otro.
- Objeto de la demanda: demanda por despido.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal (que rechazó la demanda por despido) y, en forma parcial, dejó sin efecto la regulación de honorarios de la dirección letrada del actor y del perito contador, regulando sus emolumentos en $732.040 (10 UMAs) y $439.224 (6 UMAs) respectivamente; impuso las costas de alzada por su orden y reguló los honorarios de los profesionales que actuaron en la Cámara en el 30% de los asignados en origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En efecto, el señor juez a quo consideró que el apelante no logró acreditar los incumplimientos invocados en las comunicaciones que fundamentaron la decisión rupturista (se entiende: irregularidades registrales en orden a la fecha de ingreso y monto de los salarios devengados). Sobre el particular, el magistrado analizó la prueba testimonial –a cuyo detalle de exposición y ponderación me remito en homenaje a la brevedad
- para resolver, como fue dicho, que no fueron demostrados los hechos configurativos de las injurias alegadas en sustento de la resolución del contrato de trabajo." "A mi modo de ver, las manifestaciones vertidas en la memoria bajo estudio no logran rebatir el temperamento adoptado en el decisorio recurrido, en tanto la ponderación y valoración del material probatorio y las consecuentes conclusiones de la sentencia no han sido debidamente cuestionadas. Antes bien, considero que la exposición del apelante no supera el margen de una mera discrepancia subjetiva y dogmática con lo decidido y por ello no supera el examen de suficiencia al que remite el artículo 116 de la LO." "En cuanto a los emolumentos de la dirección letrada del actor y los del perito contador, aprecio que los cuestionamientos lucen atendibles, dado que los honorarios regulados en la sede de origen lucen menguados, teniendo en cuenta su valor económico y las pautas arancelarias previstas en los artículos 16, 21, 43 y 58 de la ley 27.423, y 38 de la ley 18.345, como así también el mérito, calidad y extensión de las labores desarrolladas. Por consiguiente, propicio regular los estipendios de la dirección letrada del actor y los del perito contador en los $ 732.040.
- (10 UMAs) y $ 439.224.
- (6 UMAs), respectivamente."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; el Dr. Perugini adhirió al voto que antecede.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar