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GONZALEZ, EZEQUIEL ESTEBAN c/ DAS CHAGAS, STELLA MARIS Y OTRO s/DESPIDO

Reclamo por despido del actor contra Das Chagas y Kindomi SRL. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado que rechazó el reclamo por inexistencia de prueba suficiente de la relación laboral, impuso las costas de alzada y reguló honorarios en 30% sobre lo que correspondía por la instancia anterior.

Despido Relacion de dependencia Prueba testimonial Art. 23 l.c.t. Confirmacion de sentencia Costas de alzada Honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo Kindomi srl Prueba insuficiente


¿Quién es el actor?

GONZALEZ, EZEQUIEL ESTEBAN.
- Demandados: DAS CHAGAS, STELLA MARIS y KINDOMI SRL.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (relación de dependencia y prestaciones derivadas).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo inicial del actor; se impusieron las costas de la alzada en el orden causado y se regularon los honorarios de la representación letrada de cada parte por la alzada en el 30% de lo que les corresponda por la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Ello así, tras ponderar la prueba testimonial rendida en autos, el Sr. Magistrado de grado concluyó en la insuficiencia de los elementos probatorios aportados por el actor; tópico que es motivo de agravio... considero que los argumentos que esgrime el apelante se exhiben ineficaces a los fines pretendidos." "Así las cosas, considero que los testimonios reseñados, ponderados en sana crítica –cfr. art. 90 de la L.O. y art. 386 del C.P.C.C.N.
- resultan vagos, imprecisos y genéricos y, por ende, como ya indiqué, carecen de fuerza probatoria y convictiva suficiente, no bastando para tener por demostrada la prestación de servicios denunciada en el escrito inicial." "En tales condiciones y por los fundamentos expuestos, corresponde desestimar el agravio bajo análisis y confirmar en lo principal que decide el fallo de grado." Además, sobre costas y honorarios: "Sugiero imponer las costas de Alzada en el orden causado... y regular los honorarios de la representación letrada de cada parte por su actuación ante esta Alzada en el 30% para cada uno de ellos sobre lo que deban percibir en la instancia anterior (cfr. art. 30, ley 27.423)."
- Votos: El Dr. Mario S. Fera es autor del voto que fundamenta la confirmación; el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió. No consta disidencia.

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