OVIEDO, DIEGO ALEJANDRO c/ MAILLOL S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Demanda laboral por despido e indemnizaciones y reclamos complementarios. La Cámara confirmó la sentencia de grado en todos los puntos impugnados y ordenó costas de Alzada y honorarios en los términos del Considerando VII (emolumentos de la profesional de la alzada fijados en 30% de lo correspondiente por su actuación en origen).
Actor: Oviedo, Diego Alejandro. Demandado: Maillol S.A. y otros. Objeto de la demanda: acción por despido (incluyendo reclamos por horas extras, despido discriminatorio, diferencias de categorización convencional y suceso de sanciones e indemnizaciones previstas en leyes 24.013, 25.323 y 24.013/132 bis L.C.T., pedido de temeridad y otras pretensiones accesorias).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el fallo de grado en todo cuanto fue objeto de recurso y agravio; impuso costas de Alzada en el orden causado y fijó los honorarios de la profesional de la alzada conforme al Considerando VII (30% de lo que le corresponda por su actuación en origen).
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
- "Contra la sentencia de primera instancia, de fecha 24 de abril del corriente, que admitió –en lo principal
- la acción se alza la parte actora... El agravio no debería tener favorable acogida."
- "En orden a la cerrada negativa de las demandadas y de conformidad con las reglas del onus probandi se encontraba en cabeza de actor su acreditación (conf. art. 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), carga que no encuentro cumplida en la especie."
- "Sentado lo expuesto, y en orden a dichas pautas, ante la orfandad probatoria de autos, no obran en autos indicios relevantes que permiten inferir que haya mediado supuesto alguno de discriminación peyorativa como el invocado."
- "En ese orden de ideas, se ha resuelto que, dada la naturaleza y severidad, el interesado deberá efectuar un examen claro y preciso de los recaudos allí contenidos... la intimación que practique el trabajador, tal como exige el art. 1º del dec. 146/01, debe contener datos precisos... El actor no formuló un concreto requerimiento para que dentro del término de 30 días corridos ingresara los aportes supuestamente retenidos..., circunstancia que sella la suerte adversa de la pretensión."
- Considerando sobre costas/honorarios: "De conformidad con el resultado del recurso impetrado y ausencia de réplica de las contrarias, sugiero imponer las costas de Alzada en el orden causado y fijar los emolumentos de la profesional interviniente en la alzada en el 30% de aquello que le corresponda percibir por su actuación en origen (art. 30 ley 27.423)."
Votos en disidencia: no hubo voto en disidencia relevante; el Dr. Manuel P. Díez Selva adhirió al voto de la Dra. Pinto Varela.
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