REVECO LARREA, JUAN PABLO c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó el actor indemnización por incapacidad derivados de un accidente de trabajo contra Experta ART S.A. La Cámara modificó la sentencia de grado y fijó la condena en $139.882,10, con devengamiento de intereses según el considerando VI; además fijó costas de alzada y reguló honorarios conforme a los considerandos VII y VIII.
¿Quién es el actor?
Reveco Larrea Juan Pablo (actor demandante).
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).
- Objeto de la demanda: Reclamación por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo (liquidación de prestación dineraria por incapacidad permanente parcial).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de grado y estableció como monto de condena la suma de $139.882,10, la cual devengará intereses conforme al considerando VI; además, fijó costas de alzada y reguló honorarios de ambas instancias según los considerandos VII y VIII.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En síntesis, la cantidad final de condena por este rubro alcanza a $139.882,10, con más sus intereses."
"Propicio entonces modificar el pronunciamiento en el sentido de que la prestación dineraria calculada a la fecha de la primera manifestación invalidante (11/12/2018) se actualizará desde aquella fecha en la forma indicada precedentemente."
"VII) Ante el nuevo resultado del litigio que propicio y lo normado por el art. 279 del CPCCN, corresponde dejar sin efecto las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia anterior y proceder a su determinación en forma originaria."
"En atención al monto de condena y al mérito e importancia de los trabajos realizados (que resultan comprensivos de las labores desarrolladas tanto en la instancia administrativa y judicial y de las etapas cumplidas), propongo regular los estipendios de la representación letrada del actor, de la demandada y los del perito médico en las respectivas sumas de $1.470.350,64 (18,64 UMAs), $1.318.729,97 (16,72 UMAs) y $394.250 (5 UMAs) valores actualizados a la fecha del dictado de la sentencia recurrida (art. 2 de la ley 27348, art. 21 y conc. de la ley 27.423 y art. 38 de la L.O.)."
Asimismo, se consignó el criterio aplicable a la actualización y tasa: "consecuentemente ... a) el capital de condena se actualizará desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE; b) en caso de incumplimiento ... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA ... acumulándose los intereses al capital en forma semestral."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; ambos vocales (Guisado y Pinto Varela) adhirieron al resultado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: