CORREA, FATIMA ROSA MARINA c/ FUD S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La trabajadora demandó por indemnizaciones y salarios adeudados tras su despido en octubre de 2020. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda contra Fud S.A., condenándola al pago de $945.901,58 (actualizable y con interés), y rechazó la pretensión de responsabilidad de Banco Santander Río S.A. en los términos del art. 30 LCT.
¿Quién es el actor?
Correa Fátima Rosa Marina.
- Demandados: Fud S.A. y Banco Santander Río S.A.
- Objeto de la demanda: cobro de indemnizaciones por despido, salarios y SAC adeudados, vacaciones, diferencias salariales, aplicación del art. 1 y 2 de la ley 25.323, art. 80 LCT y reclamo por aplicación del DNU 34/19 (prohibición de despidos/medidas de emergencia).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda contra Fud S.A. y se la condenó a pagar $945.901,58 —con actualización por índice RIPTE desde la exigibilidad y una tasa de interés del 6% anual—, recházase la demanda contra Banco Santander Río S.A. por improcedente; costas a cargo de Fud S.A.; regulados honorarios y declarada cumplida la obligación de entrega del certificado de trabajo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
- "Conforme lo precedentemente expuesto, la actora tiene derecho al cobro de la indemnización completa por despido -art. 245 de la LCT
- así como a la integración mes de despido y sustitutiva del preaviso (arts. 232, 233 y 245 de la L.C.T)."
- "De la documental acompañada por la codemandada Fud S.A. se desprende que el acuerdo transaccional por la rescisión del convenio habido entre Fud SA y Banco Santander Rìo S.A. tuvo lugar el día 22 de abril de 2021, lo que no resulta contemporáneo con el despido dispuesto por la empleadora el día 05/10/2020 por lo que mal podría la demandada alegar al momento del distracto la existencia de una rescisión fechada en abril de 2021."
- "En lo que se refiere a la prohibición de la actualización de las deudas contemplada en los arts.4 y conc. de la ley 25.561 ... la realidad económica circundante ... me conduce a declarar en el caso de autos y frente a los elementos reseñados, la inconstitucionalidad de los arts.4 y 10 de la ley 25.561 ... Por ello, corresponde actualizar el crédito que se reconoce, desde su exigibilidad y hasta la fecha de practicarse la liquidación prevista en el art. 132 de la L.O. mediante el índice RIPTE ... Actualizado el valor del crédito, se aplicará una tasa de interés del 6% anual por igual período."
- "Sólo resulta aplicable el art. 30 LCT en los casos que se trate de cesión o subcontratación de los trabajos que hacen a la actividad normal y específica propia del establecimiento. En este caso, la elaboración de comidas y prestación de servicio de comedor que llevaba a cabo Fud SA dista del objeto propio de una entidad bancaria ... por lo que no cabe sino rechazar la demanda interpuesta contra Banco Santander SA, con costas por su orden..."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el texto; la resolución adoptada es la pronunciada en el fallo.
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