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CANTEROS, FRANCO NICOLAS c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó por incapacidad laboral derivada de un accidente del 10/04/2023 contra EXPERTA ART S.A. La Cámara confirmó la sentencia que desestimó la prueba y rechazó el reclamo, con excepción de lo relativo a los honorarios de la perito médica que se impusieron a la demandada; además impuso las costas de alzada al actor y reguló los honorarios de alzada en el 30%.

Trabajo Incapacidad laboral Pericia medica Costas Honorarios periciales Ley 27348 Recurso de apelacion Incomparecencia Prueba pericial Perito legista


¿Quién es el actor?

Canteros, Franco Nicolás.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo de prestaciones/indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente ocurrido el 10 de abril de 2023; discusión sobre producción y admisión de prueba pericial médica y responsabilidad por honorarios periciales.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se confirmó la sentencia en todo cuanto ha sido materia de recurso, con excepción de la responsabilidad por los honorarios de la perito médica que se imponen a la demandada; se impusieron las costas de alzada al actor; y se regularon los honorarios de la representación del actor por las tareas ante la alzada en el 30% de lo que deba percibir por la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Contra la sentencia que en el marco de los trámites previstos en los arts. 1ro y 2do de la ley 27.348 que desestimó el recurso del actor al considerar que este no probó padecer incapacidad a consecuencia del accidente sufrido el 10 de abril de 2023, se alza el vencido a mérito de la presentación del 10 de abril de 2024, en mi criterio sin razón." "Expresar agravios, aun en el marco del peculiar sistema recursivo resultante de la disposicion contenida en el acta 2669/18 de la CNAT, supone formular una crítica concreta y razonada de la sentencia, para lo cual deben precisarse, punto por punto, los pretendidos errores, omisiones y demás deficiencias que se le atribuyen al fallo... no bastan las simples generalizaciones, las apreciaciones dogmáticas, ni las impugnaciones meramente subjetivas, requisitos que lejos están de ser cumplidos en el memorial..." "Por lo expuesto, voto por: 1. Confirmar la sentencia en todo cuanto ha sido materia de recurso, con excepcion de la responsabilidad por los honorarios de la perito médica que se imponen a la demandada; 2. Imponer las costas de alzada al actor; 3. Regular los honorarios de su representación, por las tareas ante la alzada, en el 30% de lo que deba percibir por la instancia anterior."
- Voto en disidencia (resumen y cita): La Dra. Diana R. Cañal disintió y propuso una medida para mejor proveer: la realización de una pericia médica mediante sorteo y designación de perito médico legista, considerando que el actor presentó luego un escrito (fs. 16) donde justificó su incomparecencia y que las dificultades laborales pueden explicar la ausencia. Textualmente propuso: "I
- Ordenar como medida para mejor proveer la realización de la pericia médica. II.-Proceder a sortear y designar un perito médico legista a fin de que previa aceptación del cargo y dentro del plazo de diez días se expida sobre los puntos de pericia solicitado por las partes, todo ello a fin de verificar la existencia de incapacidad laboral... III.
- Diferir el régimen de costas y honorarios para cuando medie sentencia definitiva." Queda claro que esa postura quedó en disidencia y no integró la decisión de la mayoría.

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