GONZALEZ, ALAN LEONEL c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó el trabajador reconocimiento de incapacidad por accidente de trabajo contra la ART. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda, salvo que modificó los honorarios del perito psicólogo y fijó costas y honorarios de alzada.
¿Quién es el actor?
González Alan Leonel.
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A.
- Objeto de la demanda: acción del trabajador por reconocimiento de incapacidad psicofísica vinculada con hechos denunciados (reclamo derivado de accidente/diagnóstico laboral, conforme causa RADICADA bajo Ley 27.348).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios (es decir, se rechazó el reclamo del actor), con excepción de los honorarios regulados al perito psicólogo, que se elevaron; asimismo se impusieron costas y honorarios de alzada conforme lo delimitado en el considerando VI.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"a mi modo de ver, y aun considerando el margen de opinabilidad siempre existente en la evaluación de las pruebas, lo cierto es que no encontré en la decisión adoptada por el Sr. Juez “a quo” ningún elemento que justificara el calificativo de “arbitrariedad” -en los términos planteados por el actor
- pues fue suficientemente fundada en la prueba rendida en autos -evaluada con adecuado rigor técnico
- y en consideraciones jurídicas razonables... los argumentos esbozados a lo largo del escrito recursivo no reflejaron más que una mera disconformidad con la decisión tomada, aunque de modo alguno logran conmover los fundamentos allí expuestos."
"En la especie, advierto que el perito médico explicó en su informe del 23 de mayo de 2025, con base al examen físico y a los estudios complementarios (...) que 'La lesión padecida por la parte actora no determina incapacidad. En oportunidad del examen pericial el actor no presenta secuelas vinculables al hecho que reclama…()…de acuerdo a las consideraciones, éste perito entiende que no puede demostrarse relación de causalidad adecuada entre las lesiones que informan los estudios con el hecho de la demanda...()…Al momento del examen pericial el actor no presenta secuelas físicas que generen incapacidad derivada del hecho de la demanda de acuerdo al decreto 658/96, 659/96 y 49/2014 de la ley 24557...'. Por otro lado, en torno a la faz psíquica, el perito psicólogo ... manifestó, con base a las técnicas administradas (...) que 'Del análisis pericial realizado, no se observa la presencia de un daño psíquico incapacitante ni secuelas permanentes que afecten la funcionalidad del evaluado…' (v. informe de fecha 3 de febrero de 2025)."
"Si bien los informes médico y psiquiátrico fueron impugnados por la parte actora, los expertos dieron cabal repuesta a cada uno de los cuestionamientos y ratificaron sus conclusiones."
- Disidencias: No registra voto en disidencia relevante; ambos jueces (Pinto Varela y Guisado) adhieren al voto que propone confirmar la sentencia y, únicamente, modificar los honorarios del perito psicólogo y regular costas y honorarios de alzada.
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