SEQUEIRA, HUGO DAMIAN -4- c/ EXPERIENCIA ART SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamó trabajador por accidente de trabajo y secuelas postquirúrgicas. La Cámara ordenó la práctica de una pericia médica legista para que se expida específicamente sobre dolor, parestesias y anestesias y difirió el régimen de costas y honorarios hasta sentencia definitiva.
Actor: Sequeira, Hugo Damián. Demandado: Experiencia ART S.A. Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo – indemnización por lesiones y secuelas (hernia, cicatriz inguinal, hidrocele, nódulo/posible lipoma, dolor inguinal, secuelas neurológicas y daño psíquico).
¿Qué se resolvió?
La Cámara, en sede de apelación contra la sentencia que rechazó la demanda, ordenó como medida de mejor proveer la realización de una pericia médica legista; proceder a sortear y designar perito que, previa aceptación y dentro de diez días, se expida sobre los puntos de pericia solicitados por las partes y, expresamente, sobre las secuelas neurológicas en la forma de dolor, parestesias y anestesias, a fin de verificar la existencia de incapacidad laboral; y diferir el régimen de costas y honorarios para cuando medie sentencia definitiva. Fundamentos principales (textos transcritos): "El Sr. Juez a quo, otorgó suficiente valor probatorio del dictamen médico, desestimando las impugnaciones efectuadas en autos, concluyendo la inexistencia de la patología psicofísica denunciada, y que en la causa no existe prueba alguna de que en la actualidad el demandante padezca incapacidad alguna, cuya causa sea el accidente denunciado en autos." "Asimismo, señala que el dictamen 'omite expedirse en el sentido de indicado en la demanda, en que éstas secuelas se definen como ´dolor y la hipo-anestesia postquirúrgicos, debido a lesión de los nervios de región inguinal´' y que 'omite hacer cualquier referencia al estado actual del nervio iliohipogástrico o abdominogenital mayor, del nervio ilioinguinal o abdominogenital menor y/o del nervio genitofemoral'." "En consecuencia, considero pertinente proceder a sortear y designar un perito médico legista, a fin de que previa aceptación del cargo y dentro del plazo de diez días se expida sobre los puntos de pericia solicitado por las partes (faz física) y se expida expresamente sobre las secuelas neurológicas bajo la forma de dolor, parestesias y anestesias, todo ello a fin de verificar la existencia de incapacidad a consecuencia del siniestro objeto de reclamo y bajo apercibimiento de remoción y pérdida del derecho a percibir honorarios." No hubo voto en disidencia; el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió "por análogos fundamentos" al voto de la Dra. Diana R. Cañal.
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