MARETTA, LEONEL ENRIQUE c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó por accidente y créditos derivados de la relación laboral contra Provincia ART S.A. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado: ordenó actualizar el capital por RIPTE más intereses, dejó sin efecto lo resuelto sobre costas y honorarios de grado, impuso las costas a la demandada y fijó honorarios del 17%, 12% y 5% sobre el capital actualizado más intereses.
¿Quién es el actor?
MARETTA LEONEL ENRIQUE.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo por crédito derivado de accidente laboral / Ley especial (incidencias sobre actualización del capital, intereses, costas y honorarios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, modificó parcialmente la sentencia de grado: dispuso que el capital se actualizará por RIPTE y se adicionarán intereses conforme lo señalado en el voto mayoritario; dejó sin efecto lo decidido en materia de costas y honorarios, impuso las costas del litigio a la demandada y fijó los honorarios de representación y patrocinio del actor, la demandada y el perito médico en los porcentuales del 17%, 12% y 5% del monto (capital actualizado más intereses), con las aclaraciones expresadas respecto de la naturaleza de los emolumentos y la aplicación del art. 1255 del CCCN.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"El cuestionamiento empresario no supera el tamiz del art. 116 de la LO: la expresión de agravios debe consistir en la crítica concreta y razonada de los fundamentos de la sentencia... no pudiendo la invocación genérica y esquemática de agravios fundar un recurso..."
"En cuanto a los adicionales del crédito en disputa corresponde mantener la solución valorista impuesta en la instancia de grado, pero mediante la aplicación del Ripte con más un interés puro del 6% anual en sustitución del IPC."
"Lo expuesto, por cuanto el nominalismo es un principio aceptable mientras la capacidad adquisitiva de la moneda se mantiene estable pero, cuando la inflación comienza a deteriorarla, el sistema se torna injusto y afecta el derecho de los acreedores..."
- Votos relevantes y disidencias: El Dr. Carlos Pose propuso la solución mayoritaria (RIPTE + 6% anual; dejar sin efecto lo decidido en costas y honorarios de grado; imponer costas a la demandada; regular honorarios en 17%/12%/5%). La Dra. Graciela L. Craig adhirió al voto de Pose respecto de la actualización por RIPTE más 6% anual, aclarando prudencia ante retrasos en la publicación del RIPTE y proponiendo usar el último RIPTE publicado como punto de partida proporcional; dejó limitada su disidencia a esa cuestión procedimental y a la forma de aplicación en ejecución. La Dra. Diana R. Cañal adhirió en lo sustancial al criterio protector de la trabajadora y justificó la indexación por razones de tutela del salario frente a la inflación; su exposición integra el acuerdo mayoritario. Las discrepancias técnicas señaladas por la Dra. Craig fueron expresadas como matices y no impidieron la adhesión al resultado que integra la parte resolutiva.
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