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URREA PETIT, LUIS EDGARDO c/ VILARIÑO, CARLOS ANTONIO s/DESPIDO

Reclamó el trabajador despido y se acreditó la relación de dependencia a favor del demandado. La Cámara confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios del demandado y ordenó imponer las costas al apelante y fijó honorarios de alzada en el 30% de lo regulado en primera instancia.

Despido Relacion de dependencia Art. 71 lo Nulidad incidente Costas de alzada Honorarios de alzada 30% Ipc Sala vi Camara nacional de apelaciones del trabajo Apelacion confirmada


¿Quién es el actor?

Urrea Petit, Luis Edgardo.

¿A quién se demanda?

Vilariño, Carlos Antonio.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, confirmó el fallo recurrido que condenó al demandado por el despido, impuso las costas de alzada al demandado vencido en lo sustancial y fijó los honorarios de alzada en el 30% de lo regulado en la instancia previa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del voto): "El recurrente no efectúa una crítica concreta y razonada de la resolución adoptada por la Dra. Rodríguez Fernández el 7 de octubre de 2.025 que desestimó por tardía su petición nulificatoria: si bien no consintió dicha resolución, apelándola oportunamente, no explica porque su incidente debe reputarse interpuesto en tiempo y forma en los términos del art. 58 de la LO, incumpliendo la manda del art. 116 de la LO." "Lo expuesto explica la sentencia condenatoria dictada en base a las previsiones del art. 71 de la LO debiendo aclararse que Urrea Petit nunca denunció como su empleadora a la empresa Industrias Textilcom SA sino que se identifico como dependiente de Vilariño que lo habría inscripto como tal y, en tal sentido, acompañó como documentación corroborante de su denuncia, carta documento de despido remitido contra su persona y el respectivo recibo de sueldo en el que figura como empleador al apelante: dichos instrumentos deben presumirse como auténticos (art. 71, LO) y explican el fallo condenatorio." "Los agravios del trabajador tampoco pueden ser receptados: la juzgadora ordenó la actualización del rédito en disputa conforme IPC más un interés puro del 3% anual sin que corresponda la aplicación del art. 770, inc. b, del CCCN que responde a un esquema nominalista: el sistema valorista receptado salvaguarda suficientemente la compensación dineraria tarifada fijada en favor del trabajador."
- Votos concurrentes/disidencias: La Dra. Graciela L. Craig adhirió al voto del Dr. Carlos Pose. No hubo disidencia.

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