AMATRUDA, PABLO RUBEN c/ CLINES S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Reclamó el actor indemnización por despido contra Clines S.A. y otros por reconocimiento de antigüedad y condena. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, confirmó la sentencia apelada, impuso las costas de alzada a los recurrentes y fijó honorarios de alzada en el 30% de la suma regulada en la instancia previa.
Actor: Amatruda Pablo Rubén. Demandado: Clines S.A. y otros (co-demandados / sujetos físicos). Objeto de la demanda: Reclamo por despido —entre otros puntos, reconocimiento de la verdadera antigüedad laboral (inicio en julio de 2011 en lugar de septiembre de 2014) y condena solidaria de las personas físicas responsables— y regulación de intereses y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el pronunciamiento recurrido; impuso las costas de alzada a los recurrentes y fijó los honorarios de alzada en el 30% de la suma regulada en la instancia previa. Asimismo ordenó cumplir lo dispuesto por el art. 1º de la ley 26856 y la Acordada CSJN Nº 15/2013.
Fundamentos principales (textos transcritos del voto mayoritario):
"se reprochó a Clines SA una responsabilidad directa porque no reconoció, en beneficio del actor, su verdadera antigüedad en la relación de trabajo que lo unió con antecesora Limpik SA, esto es julio de 2011 en lugar de septiembre de 2014, y tal imputación se apoya en el contrato de cesión suscripto por los interesados."
"En materia de adicionales del crédito propiciaré la confirmación del fallo recurrido por cuanto la juzgadora respetó el criterio nominalista impuesto por la Corte Suprema rechazando una solución valorista -es decir toda posibilidad de aplicar coeficientes de actualización
- y, a tal fin, incrementó un 18% las tasas de interés a que hacen referencia las actas 2600, 2601 y 2658 imponiendo una sola capitalización en los términos del art. 770, inc. b, del CCCN..."
"Por lo expuesto, siendo equitativos los honorarios impugnados (art. 1255 CCCN), entiendo corresponde: 1) Confirmar el pronunciamiento recurrido; 2) Imponer las costas de alzada a los recurrentes y 3) Fijar los honorarios de alzada en el 30% de la suma regulada en la instancia previa."
Votos: El Dr. Carlos Pose fundamentó la decisión y la Dra. Graciela L. Craig adhirió expresamente "en atención a las particulares circunstancias de la causa y constancias probatorias merituadas". No consta disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: