Logo

ROTMAN, SILVIA BEATRIZ c/ ALIZZE S.A. s/DESPIDO

Despido y pretensión de compensación por hostigamiento en demanda contra Alizze S.A. La Cámara confirmó la sentencia de grado salvo en los adicionales del capital de condena, ordenando su actualización por IPC más un interés puro del 3% anual y fijando costas y honorarios de alzada (30%).

Despido Hostigamiento laboral Prueba Certificado medico Ipc Interes 3% anual Costas de alzada Honorarios de alzada 30% Camara nacional de apelaciones del trabajo Actualizacion monetaria


¿Quién es el actor?

ROTMAN SILVIA BEATRIZ.

¿A quién se demanda?

ALIZZE S.A.
- Objeto de la demanda: demanda por despido y pretensión de compensación extraordinaria por hostigamiento y trato discriminatorio (violación de privacidad y confidencialidad).

¿Qué se resolvió?

la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, confirmó la sentencia recurrida salvo en lo relativo a los adicionales del capital de condena, ordenando que dicho capital se actualice conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un interés puro del 3% anual; además impuso las costas de alzada por su orden y fijó los honorarios de alzada en el 30% de la suma regulada en la instancia de grado. Se ordenó cumplimiento de lo dispuesto por la ley 26856 art. 1º y la Acordada CSJN Nº 15/2013.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "El recurso empresario no es viable porque no existe prueba corroborante de que la actora haya presentado un certificado médico apócrifo: que una especialista en neurología firme un certificado en que afirme haber atendido a una paciente afectada de un problema ginecológico, es un dato insuficiente como para tener por acreditada la injuria imputada. En la causa no compareció a declarar la Dra. Sirvien -suscriptora del documento que nos ocupa
- ni hay prueba objetiva que corrobore que, en otras ocasiones, se había detectado la existencia de instrumentos apócrifos con su firma: la solitaria declaración Gutiérrez (27/3/24) -encargado de recursos humanos
- es un dato insuficiente para corroborar la injuria denunciada..." "Por el contrario, en materia de adicionales del crédito en disputa corresponde rectificar el fallo de primera instancia ordenando que el capital de condena sea actualizado conforme IPC más un 3% de interés anual puro no capitalizable. Lo expuesto por cuanto el nominalismo es un principio aceptable mientras la capacidad adquisitiva de la moneda se mantiene estable pero, cuando la inflación comienza a deteriorarla, el sistema se torna injusto y afecta el derecho de los acreedores... siendo evidente que la inflación distorsiona la economía y genera desigualdades e injusticias..."
- Disidencias relevantes: No hubo disidencia; la Dra. Graciela L. Craig adhirió al voto del Dr. Pose.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar