SOLER, PABLO DAMIAN c/ MULIS SEGURIDAD INTEGRAL S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Reclamó el actor por despido y prestaciones laborales, incluyendo indemnización prevista en el art. 45 de la ley 25.345. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado y elevó la condena a $210.243,25 más adecuación, imponiendo costas y regulando honorarios conforme al Considerando VIII.
¿Quién es el actor?
Soler, Pablo Damián.
¿A quién se demanda?
Mulis Seguridad Integral S.A. y otros (Cristian Ariel Muller y Carlos Guiller Muller).
- Objeto de la demanda: acción por despido e indemnizaciones laborales (incluida la indemnización prevista en el art. 45 de la ley 25.345), junto con reclamos por adicionales, feriados, horas extras y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo parcialmente lugar a la apelación del actor y modificó el fallo de grado para elevar el monto final de condena a $210.243,25 con más su adecuación; además reguló costas y honorarios conforme al Considerando VIII. Se desestimaron las impugnaciones relativas a la fecha de ingreso y a la acción contra las personas humanas codemandadas; se admitió la indemnización prevista en el art. 45 ley 25.345; se rechazaron reclamos por adicionales, feriados y horas extras por falta de precisión y prueba.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
1) "En cambio, considero que corresponde admitir los cuestionamientos deducidos por el actor respecto del rechazo de la indemnización prevista en el artículo 45 de la ley Nº 25.345. En efecto, inicialmente, debo señalar que disiento del argumento desestimatorio de grado en cuanto a que 'no se ha acreditado la recepción por parte de la empleadora de la intimación en los términos del dec. 146/01'. Digo ello porque, el actor mediante su misiva telegráfica de fecha 25 de abril de 2018 (conf. CD 924046678) intimó a la empleadora a la entrega de los certificados previstos en el artículo 80 L.C.T. ... la propia empleadora al contestar la acción incorporó la copia recibida de dicha comunicación e, incluso, mereció su rechazo mediante su misiva telegráfica de fecha 1º de junio de 2018 ... circunstancia que evidencia la efectiva recepción de la misiva intimatoria en estudio. Desde esta perspectiva, toda vez que el actor dio debido cumplimiento con el requisito formal previsto en el artículo 3º del decreto Nº 146/01 ... cabe revocar el fallo de grado en este aspecto y diferir a condena la indemnización prevista en el artículo 45 de la ley Nº 25.345."
2) "VI.
- De conformidad con la solución hasta aquí propuesta, en orden a la base remuneratoria adoptada en el fallo de grado -$23.653
- (art. 116 L.O.), la presente acción debería progresar por la suma de $210.243,25 ($139.284,25 [condena de grado] + $70.959 [art. 45 ley Nº 25.345]), con más la adecuación dispuesta en el fallo de grado que arriba firme a esta Alzada ante la ausencia de cuestionamientos (art. 116 L.O.)."
3) "VIII.
- Ante el nuevo resultado del litigio que propicio y lo normado por el art. 279 del CPCCN, corresponde dejar sin efecto y las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia anterior y proceder a su determinación en forma originaria respecto de la acción dirigida contra Mulis Seguridad Integral S.A.. En orden al mérito e importancia de los trabajos realizados (art. 38 de la ley 18.345, y ley Nº 27.348), propongo regular los honorarios de las representaciones letradas de las partes actora y dicha codemandada en 15 UMA y 13 UMA respectivamente. ... En consecuencia, sugiero imponerlas a cargo de dicha codemandada vencida."
- Disidencias relevantes: No hay disidencia mayoritaria en la parte dispositiva; ambos jueces (Pinto Varela y Guisado) adhieren al voto que contiene los considerandos transcritos.
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