MACHADO MARTINEZ, ALICIO RAMON c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamo por accidente de trabajo que demandó la reparación de incapacidades y el pago de capital e intereses. La Cámara confirmó la sentencia de grado en cuanto a la determinación de la incapacidad y el monto indemnizatorio, exceptuando la regulación de los honorarios del perito médico que se elevaron a 12 UMA, y dejó las costas a cargo de la demandada.
¿Quién es el actor?
MACHADO MARTINEZ, ALICIO RAMON (trabajador, oficial especializado).
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A. (aseguradora/ART).
- Objeto de la demanda: Reclamación por accidente de trabajo (accidente de trayecto del 14/05/2024) por incapacidades físicas y psíquicas; pedido de indemnización por incapacidad, capitalización e intereses y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de recursos y agravios, con excepción de los honorarios regulados al perito médico, que se elevaron a 12 UMA; confirmó los restantes honorarios recurridos; fijó las costas de Alzada a cargo de la demandada; y reguló el arancel del apoderado del escrito dirigido a la Cámara en el 30% de lo que le fue asignado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
1) "Por esa razón, condenó a GALENO ART S.A. a abonar la suma de $17.577.062,76 más un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde la fecha del siniestro y hasta su efectiva cancelación. Asimismo, ordenó la capitalización de los intereses, por única vez, a la fecha notificación del traslado de la apelación en sede administrativa (20.03.2025) con sustento en lo dispuesto por el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial de la Nación."
2) "En cuanto al daño físico determinado a los términos reparatorios, lo resuelto debe ser confirmado... en la rodilla izquierda, se constata asimetría a nivel del contorno de la musculatura cuadricipital... La maniobra de impingement supraespinoso y bursa subacromial ... despierta dolor... en el tobillo izquierdo se aprecia, una limitación de los movimientos propios... Durante las maniobras, el peritado no acusó, sensación de parestesias o adormilamientos..."
3) "En dicho informe, el especialista expresó que el evento dañoso relatado repercutió de manera negativa y condicionante en sus funciones psíquicas: '…no se presentan alteraciones del pensamiento, concentración y memoria Puede requerir tratamiento medicamentoso o psicoterapéutico... Esta patología guarda nexo causal directo con los sucesos que se investigan (hay sobrados elementos que así lo determinan)...' De su lado, el galeno, avaló las conclusiones arrojadas en dicha labor complementaria y dictaminó que el reclamante presenta Reacción Vivencial Anormal Neurótica (R.V.A.N) de grado I/II, que le provoca una minusvalía psíquica del 5% de la T.O. en relación causal con el accidente..."
- Votos y disidencia: La Dra. Gabriela Alejandra Vázquez votó por confirmar la sentencia apelada con la elevación a 12 UMA de los honorarios del perito médico; la Dra. María Cecilia Hockl adhirió al voto precedente. No existe disidencia relevante.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: