ORTIZ, MAURICIO CASIMIRO c/ PEREZ, ALEJANDRO ENRIQUE s/DESPIDO
Demanda por despido presentada por Ortíz contra Pérez. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que admitió la demanda en lo principal, excepto que elevó los honorarios de la representación de la parte actora y ordenó imponer las costas de alzada al demandado.
¿Quién es el actor?
ORTÍZ, MAURICIO CASIMIRO.
¿A quién se demanda?
PÉREZ, ALEJANDRO ENRIQUE.
- Objeto de la demanda: demanda por despido (indemnizaciones y rubros laborales).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo principal que decide; elevó los honorarios correspondientes a la representación de la parte actora en la forma dispuesta en el considerando VI; impuso las costas de alzada al demandado vencido; y fijó los emolumentos de los profesionales intervinientes en el 30% de aquello que les corresponda percibir por su actuación en origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"VI. De acuerdo con las argumentaciones expuestas, entiendo que la imposición de costas efectuada en el pronunciamiento recurrido se adecua al io general que emana del art. 68 del CPCCN y, en esa inteligencia, propongo que sea confirmada. Asimismo, en atención al mérito y extensión de la labor desarrollada por los profesionales que intervinieron durante el trámite en primera instancia y a las pautas arancelarias vigentes (ley 27.423 y art. 38 LO), considero que el porcentaje dispuesto en concepto de honorarios en forma conjunta, correspondientes a la representación y patrocinio letrado de la parte actora, luce exiguo, por lo que sugiero elevarlo al 16% del monto total de condena (capital más intereses). Por otra parte, conforme con el resultado que se ha dejado propuesto para resolver la apelación sobre el fondo de la cuestión, sugiero imponer las costas de alzada a cargo del demandado vencido (art. 68 CPCCN), y fijar los emolumentos de los profesionales intervinientes en el 30% de aquello que les corresponda percibir por su actuación en origen (cfr. art. 30 ley 27423)."
"VII. En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia apelada en lo principal que decide, excepto en cuanto a los honorarios correspondientes a la representación de la parte actora, que se elevan en la forma dispuesta en el considerando VI. 2) Imponer las costas de alzada al demandado vencido, y fijar los emolumentos de los profesionales intervinientes, en el 30% de aquello que les corresponda percibir por su actuación en origen."
"II. Ante todo, cabe señalar que el monto del capital cuestionado ante la alzada ($1.266.533,79) no supera el límite mínimo para apelar que establece el art. 106 de la LO ($3.960.000, cfr. Asamblea del CPACF), vigente a la fecha de concesión del recurso. ... Sobre la base de ese criterio, el valor cuestionado ante la alzada excede el límite para apelar impuesto en el art. 106 de la LO, por lo que corresponde abocarse al tratamiento del recurso de apelación deducido por la parte demandada."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el bloque dispositivo final; ambos vocales suscriben la resolución final.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: