BUEZAS, ROBERTO FERNANDO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Demandaron por accidente (Ley Especial) contra Federación Patronal Seguros S.A.; se reclamó condena por prestaciones derivadas del siniestro. La Cámara confirmó la sentencia de grado en todos los agravios salvo la forma de actualización del capital e intereses, que se recalcularán según lo dispuesto en el considerando III (actualización por IPC del INDEC más interés puro del 3% anual).
¿Quién es el actor?
BUEZAS, Roberto Fernando.
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidentes (Ley Especial) y condena por las sumas correspondientes derivadas del siniestro.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de grado en todo lo que fue materia de agravios, con excepción de la actualización del capital e intereses, que deberán calcularse conforme al considerando III del pronunciamiento; costas y honorarios de primera instancia conforme considerando IV.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En consecuencia, ante el infructuoso intento de esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de buscar una solución que permita conjurar la lesión del contenido sustancial de los derechos patrimoniales de las personas que trabajan, y ante la obligación de las y los jueces de actuar como guardianes del respeto de los derechos garantizados por nuestra Constitución Nacional, cabe recurrir a la última ratio del orden jurídico, esto es, declarar la invalidez constitucional de la norma que veda la actualización monetaria: el art. 7 de la ley 23.928 con las modificaciones de la ley 25.561. Esta es la solución extrema a la que cabe acudir a fin de que se cumpla con la obligación de afianzar la justicia, y a fin de hacer respetar los derechos reconocidos por nuestra Constitución Nacional -obligación insoslayable de las y los jueces-, tal como el derecho de propiedad y, en el caso, el de protección contra el despido arbitrario (art. 17 y 14 bis CN). ... En definitiva, por las razones expuestas, frente a la brecha existente entre la actualización monetaria con más una tasa de interés puro del 3% ... y la que deriva de la aplicación de una tasa autorizada por el Banco Central tal como la que surge del Acta 2658, implica una pulverización del crédito del actor que, como es sabido, tiene carácter alimentario. Por ello, teniendo en consideración que, conforme lo ha dicho reiteradamente el Alto Tribunal, la persona trabajadora resulta sujeto de preferente tutela constitucional ... he de concluir que en las presentes actuaciones el art. 7 de la ley 23.928 -texto según ley 25.561-, resulta violatorio de garantías constitucionales. Desde tal perspectiva, la suma por la que debería prosperar la acción ha de ser actualizada desde la fecha de su exigibilidad y hasta la de su efectivo pago, de acuerdo con el índice de precios al consumidor que publica el INDEC (IPC), con más una tasa de interés pura del 3% anual por igual período sobre el monto actualizado."
- Votos: El voto de la Dra. Silvia E. Pinto Varela contiene el desarrollo principal y la propuesta que fue aprobada; el Dr. Manuel P. Díez Selva adhiere en lo principal y acuerda con la resolución. No consta disidencia relevante en la parte resolutiva final.
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