Logo

SANABRIA, DANIELA ELIZABETH c/ REGION GAUCHA SRL (REBELDIA - CESE REBELDÍA 08/5/2024) Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra Región Gaucha S.R.L. y Gabriel Tomás Andrich. La Cámara confirmó la sentencia de grado en todos los puntos apelados, impuso las costas de la alzada a los demandados en forma solidaria y reguló honorarios por esta instancia en el 30% de lo que correspondiera por la actuación en grado.

Despido Recurso de apelacion Art. 116 lo Costas de la alzada Honorarios 30% Ley 27.423 Responsabilidad del socio gerente Lct Juicio laboral Confirmacion de sentencia

Actor: SANABRIA, DANIELA ELIZABETH. Demandados: REGIÓN GAUCHA S.R.L. y GABRIEL TOMÁS ANDRICH. Objeto de la demanda: Reclamo por despido (acción laboral/indemnización por despido).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en todo cuanto fuera objeto de apelación y agravios; impuso las costas de la alzada a cargo de los demandados en forma solidaria (art. 68 CPCCN) y reguló los honorarios de los letrados por su labor en esta instancia en el 30% de lo que les corresponda por su actuación en la anterior (ley 27.423). Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
- "De la atenta lectura del agravio observo que la queja no cumple con los requisitos que establece el art. 116 de la LO, pues no resulta una crítica concreta y razonada de los fundamentos expuestos en el fallo de grado. Nótese que la parte apelante no se hace cargo de ninguno de los argumentos esgrimidos por la magistrada de grado en su sentencia, y no rebate de manera crítica y razonada los argumentos allí vertidos, pues se limita a manifestar su disconformidad con lo decidido en primera instancia, sin aportar argumento alguno a fin de revertir la conclusión allí expuesta, por lo que corresponde declarar desierto el recurso sobre el aspecto en debate (conf. art. 116 LO.)."
- "A mayor abundamiento, debo señalar que de la lectura del fallo de grado no se verifica, en la liquidación allí practicada -pág. 6-, condena alguna con fundamento en el art. 182 de la LCT, que invocan los recurrentes en su escrito -ver pág. 5-, por lo que se torna abstracto su tratamiento en esta alzada."
- "En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia recurrida en todo cuanto fuera objeto de apelación y agravios. 2) Imponer las costas de la alzada a cargo de los demandados en forma solidaria (art. 68 CPCCN). 3) Regular los honorarios de los letrados de las partes, por su labor en esta instancia, en el 30 % de lo que les corresponda por su actuación en la anterior (ley 27.423)." Votos: El Dr. Manuel P. Díez Selva expuso los fundamentos y propuso la solución que antecede; la Dra. Silvia E. Pinto Varela adhirió al voto que antecede. No consta disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar