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VARELA, RAMIRO c/ HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO SA s/JUICIO SUMARISIMO

El actor promovió acción laboral por despido y por discriminación sindical y solicitó reinstalación y reparación económica. La Cámara revocó la sentencia de grado y rechazó la acción en todas sus partes, por ausencia de indicios de discriminación y por insuficiente prueba de las demás pretensiones.

Despido Discriminacion sindical Ley 23.592 Reinstalacion Tutela gremial Prueba Costas Honorarios Cct 662/04 Horas extras


¿Quién es el actor?

Ramiro Varela (identificado en la causa como Varela, Ramiro).

¿A quién se demanda?

Hipódromo Argentino de Palermo S.A.
- Objeto de la demanda: acción sumarísima por despido; alegada discriminación sindical (ley 23.592), solicitud de reinstalación (arts. 50 y 52 L.A.S.), y reclamos de diferencias salariales, horas extras, carácter remuneratorio de prepaga, premio “Rsdo. Compañía” y otros rubros indemnizatorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, revocó la sentencia de grado y rechazó la acción impetrada en todas sus partes; además reguló costas y honorarios conforme al Considerando X. (Se reprodujo textualmente en la Parte Resolutiva: "1) Revocar el fallo de grado rechazando la acción impetrada en todas sus partes. 2) Costas y honorarios en la forma sugerida en el Considerando X del presente.")
- Fundamentos principales de la decisión (citas textuales relevantes): 1) Sobre ausencia de indicios de discriminación: "no obran en autos indicios relevantes que permiten inferir que haya mediado supuesto alguno de discriminación peyorativa como el invocado." 2) Sobre la fecha del despido y la comunicación de la candidatura: "el despido dispuesto por la empleadora fue anterior a la comunicación en la que le hizo saber dicha circunstancia... la comunicación extintiva, con fecha de imposición del 4 de julio de 2023, 'Salió a distribución los días 7 Y 10/7/2023...'. La comunicación cursada por Varela, con fecha 5 de julio de 2023, ... fue recién notificada a aquella el día 11 de julio de 2023, es decir con posterioridad a la extinción del vínculo contractual." 3) Sobre la carga probatoria y valoración de testimonios: "repárese... la 'connivencia' sobre la que hacen mención no encuentra referencia o mención objetiva alguna y que, a mi entender, evidencia una mera inferencia... lo que enerva cualquier valor probatorio a dicha afirmación." 4) Conclusión y dispositivo propuesto por el voto mayoritario: "sugiero revocar el fallo de grado y, consecuentemente, dejar sin efecto la condena pecuniaria en concepto de 'resarcimiento'." y finalmente "1) Revocar el fallo de grado rechazando la acción impetrada en todas sus partes. 2) Costas y honorarios en la forma sugerida en el Considerando X del presente."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; el Dr. Manuel P. Díez Selva adhirió al voto de la Dra. Pinto Varela.

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