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Recurso Queja Nº 1 - RUZZIERO, ANABELLA c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora promovió una queja por la denegación de la apelación administrativa planteada ante la SRT en el marco de un expediente por accidente - ley especial. La Cámara admitió la queja, concedió la apelación con efecto inmediato y revocó las resoluciones de primera instancia de 18 y 22 de septiembre de 2025, remitiendo las actuaciones al juzgado de origen para que resuelva previamente sobre la procedencia de la queja por apelación denegada.

Queja por recurso denegado Apelacion administrativa Superintendencia de riesgos del trabajo Extemporaneidad Art. 110 lo Revocatoria Incorporacion a autos principales Costas Regulacion de honorarios diferida Procedimiento laboral/art


¿Quién es el actor?

Anabella Ruzziero.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical ART S.A.
- Objeto de la demanda: Queja contra la resolución judicial de primera instancia que denegó trámite o no resolvió previamente sobre la procedencia de la queja por la denegación de la apelación interpuesta ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), que consideró extemporánea la apelación administrativa (Expte SRT Nº107211/25; Ingreso SRT Nº1336373/2025 de fecha 11/07/2025).

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió la queja (art. 105 inc. h) Ley 18.345), concedió la apelación interpuesta por la demandada con efecto inmediato, revocó las resoluciones de primera instancia del 18 y 22 de septiembre de 2025, remitió las actuaciones al juzgado de origen para su incorporación a los autos principales y para que, antes de cualquier otro trámite, se expida sobre la procedencia o improcedencia de la queja por la denegación de la apelación administrativa; impuso las costas de la alzada por su orden y difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales (textos transcritos): 1) "Los autos principales (Nro.28903-2025) fueron iniciados como recurso de queja contra la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en el Expte SRT Nº107211/25 del 14 de julio de 2025 que deniega la apelación y expresión de agravios presentada por la Sra. Anabella Ruzziero ... por resultar extemporánea y con fundamento en el Art. 13 del Decreto 1475/15." 2) "Sin perjuicio de lo normado por el Art.110 de la Ley 18345 es claro para mí que el juez de grado no pudo dar trámite ordinario sin decidir, previamente, la procedencia de la queja presentada por denegación del recurso." 3) "De esa forma, corresponde revocar las providencias de anterior instancia del 18 y 22 de septiembre de 2025, remitir las presentes actuaciones al juzgado de origen para la incorporación del presente a los autos principales, y para que previo a cualquier otro trámite se expida acerca de la procedencia o improcedencia de la queja intentada por denegación de la apelación interpuesta en sede administrativa por la actora
- la cual la SRT consideró extemporánea."
- Disidencia: La Dra. Diana R. Cañal disintió y propuso desestimar la queja, sosteniendo que "la queja es formalmente inadmisible, pues en la resolución del grado anterior no se denegó la apelación, sino que le dio el trámite previsto por el artículo 110 de la ley 18.345", y que lo actuado (correr traslado, apertura a prueba, sorteo de perito) implicó una admisión tácita de la queja inicial. La disidencia no prevaleció.

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