DUARTE, CRISTIAN DANIEL c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamó el trabajador por accidente de trabajo y ejecución de condena. La Cámara modificó las pautas de intereses: ordenó actualizar el capital desde el 01/06/2015 por el IPC más una tasa pura del 3% anual con única capitalización al momento de la notificación; confirmó la sentencia en lo demás y puso las costas a cargo del Fondo de Reserva.
¿Quién es el actor?
Duarte, Cristian Daniel.
¿A quién se demanda?
ART Interacción S.A. (y como recurriente la Superintendencia de Seguros de la Nación en su carácter de administradora del Fondo de Reserva de la LRT).
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente
- Ley Especial; impugnación de los accesorios (intereses) y de la imposición de costas en la sentencia de grado del 17/07/2025.
¿Qué se resolvió?
Se modificaron los intereses dispuestos en la sentencia de grado: el capital de condena se actualizará desde la fecha de toma de conocimiento (01/06/2015) hasta el efectivo pago aplicando el Índice de Precios al Consumidor más una tasa pura del 3% anual, con una única capitalización al momento de la notificación de la demanda; se confirmó el resto del fallo; se declararon las costas de esta alzada a cargo de la recurrida FONDO DE RESERVA; y se reguló la remuneración de las representaciones letradas por su actuación en esta instancia en el 30% de lo que en definitiva les corresponda percibir por su labor en la anterior, más IVA en su caso.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
1) "La recurrente ... cuestiona los accesorios fijados sobre el capital, por entenderlos violatorios de la prohibición de indexar..." (voto, I).
2) "…del juego armónico de los arts. 8° y 17.6 de la ley 26.773 claramente se desprende que la intención del legislador no fue otra que la de aplicar un reajuste..."; no obstante, "no se sigue de ello la posibilidad de soslayar la existencia del notorio proceso inflacionario..." (voto, II).
3) "la jurisprudencia en forma mayoritaria ha optado por establecer intereses moratorios suficientes... repotenciación de los créditos, como la denominada 'tasa de interés pura', correspondiente al solo hecho de la mora..." (voto, II).
4) "Considero que... no observo otra alternativa posible, en orden a la preservación de la integridad de los derechos en juego, que declarar la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.982..." (voto, II).
5) "En tal contexto, descartada la pertinencia de cualquier pauta sustitutiva... he de respaldar la aplicación de intereses sobre el capital del condena pero modificando las pautas impuestas en grado, que auspicio reemplazar por la aplicación del Índice de Precios al Consumidor más una tasa pura del 3%, con una única capitalización al momento de la notificación de la demanda." (voto, II).
6) Sobre costas y responsabilidad del Fondo: "la responsabilidad de la Superintendencia de Seguros de la Nación como Administradora del Fondo de Reserva ... se extiende a los intereses y costas" (voto, III, citando Plenario Cámara).
- Votos: Los Dres. Alejandro H. Perugini y Diana R. Cañal votaron en el mismo sentido y acordaron la resolución arriba transcripta. No se registran votos en disidencia.
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