ROMERO CARLOS ALBERTO c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO INTERACCION S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
El actor promovió acción civil por prestaciones dinerarias derivadas de accidentes/ secuelas laborales contra Aseguradora de Riesgos del Trabajo. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y ordenó actualizar el capital de condena por IPC más una tasa de interés pura anual del 3%, permitiendo el uso del RIPTE solo cuando no esté publicado el IPC en las condiciones indicadas.
¿Quién es el actor?
ROMERO, CARLOS ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO INTERACCION S.A. y Prevención A.R.T. S.A. (gerenciadora del Fondo de Reserva).
- Objeto de la demanda: Prestaciones dinerarias en los términos de la ley 24.557 por secuelas de enfermedades/consecuencias laborales (acción por accidente – acción civil).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia apelada: dispone que el capital de condena sea ajustado mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa de interés pura del 3% anual, sin perjuicio de aplicar el RIPTE únicamente en los periodos en que no exista publicación oficial del IPC en las condiciones señaladas. Confirmó el régimen de costas de grado; reguló honorarios (detalle de UMAS y equivalencias monetarias conforme Resolución SGA 1860/2025); impuso las costas de alzada a la demandada; reguló el 35% para el letrado de la presentación recursiva sobre lo que eventualmente le corresponda percibir por actuación previa; y ordenó cumplimiento de ley 26856 y Acordada CSJN 15/2013.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del voto mayoritario):
"Tal como lo he señalado invariablemente en casos como el presente, es mi criterio que, a efectos del análisis de la cuestión debatida, no resulta posible soslayar la existencia del notorio proceso inflacionario que incide sobre la cuantía de los créditos desde por lo menos el año 2002... la imposibilidad de proceder a una actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas prevista en el art.7mo de la ley 23.928 ... solo traduce una posición dogmática que, en su literalidad, soslaya la necesidad de evitar los efectos devastadores que el fracaso de dicha política ocasiona sobre la integridad de los créditos que no han sido cancelados oportunamente."
"En ese orden de ideas, y con criterio que he compartido, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ha considerado que el medio adecuado para que los intereses bancarios a los que refiere el art. 768 inc.c) del Código Civil y Comercial de la Nación cumplan las referidas funciones, es disponiendo su capitalización periódica... No obstante, la metodología expuesta ha sido descalificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... que sostuvo que una capitalización periódica de los intereses no encuentra sustento en el Código Civil y Comercial de la Nación..."
"Por ello, tomando en consideración el mérito, la importancia y la extensión de las labores profesionales realizadas... sugiero regular los honorarios... Ello, de conformidad con la Resolución SGA 1860/2025... Atento la suerte del recurso, sugiero imponer las costas de esta Alzada a la accionada."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; la Dra. Diana R. Cañal adhirió al voto del Dr. Perugini y firmaron ambos como jueces de Cámara.
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