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FITZ, AGUSTINA DANIELA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó la Sra. Agustina Daniela Fitz prestaciones dinerarias por secuelas de accidentes laborales e in itinere. La Cámara modificó la sentencia reduciendo la condena a $1.731.294,62 y reguló costas y honorarios, con excepción de los honorarios del perito a cargo de la demandada.

Recurso de apelacion Ley 27.348 Accidente de trabajo Accidente in itinere Incapacidad Pericia medica Costas Honorarios Art. 22 ley 27.423 Actualizacion e intereses.


¿Quién es el actor?

FITZ, Agustina Daniela (trabajadora/policía).

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A. (aseguradora/ART).
- Objeto de la demanda: reclamo por prestaciones dinerarias e indemnización por incapacidad por secuelas de dos accidentes (22/6/2022 y 18/8/2022) en el marco de la Ley 27.348.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de grado y redujo el monto de condena a $1.731.294,62 más los intereses fijados en primera instancia; impuso las costas de ambas instancias en el orden causado (con excepción de los honorarios del perito médico, que quedarán a cargo de la demandada); y reguló los honorarios de las partes y del perito (actora: $1.082.835,20; demandada: $1.082.835,20; perito: $227.654,40), además de fijar que la representación de la recurrente percibirá el 30% de lo que finalmente corresponda por su actuación en la etapa previa.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes): "En definitiva, no existe prueba alguna de que haya sufrido alguna otra lesión que aquellas por las que recibió atención, que son las que ella misma describó a los prestadores y las consideradas en los dictámenes del organismo administrativo objeto de recurso." (voto Dr. Perugini). "Consecuente con ello, en función de una incapacidad que con factores de ponderación alcanza el 7,68% de la T.O. y demás parámetros establecidos en la sentencia de grado, cabe reconocer a la actora la suma de $ 1.731.294,62 (53 x 157.047,77 x 7,68% x 65/24) vinculadas al accidente 'in itinere' sufrido el 18 de agosto de 2022, la cual devengará desde dicha fecha los accesorios establecidos en la sentencia de grado, y desestimar en su totalidad la pretensión relativa al primera accidente." (voto Dr. Perugini). "Por lo expuesto, voto por: 1 Modificar la sentencia y reducir el monto de condena a la suma de $ 1.731.294,62 mas los intereses establecidos en primera instancia; 2. Imponer las costas de ambas instancias en el orden causado con excepción de los honorarios del perito médico que estarán a cargo de la demandada; 3. Regular los honorarios... 4. Regular los honorarios de la representación de la recurrente..." (propuesta y acuerdo mayoritario).
- Disidencia relevante (identificada): La Dra. Diana R. Cañal sostuvo la confirmación íntegra de la sentencia de primera instancia y defendió la valoración completa de la pericia médica (incapacidad total 56,32% según pericia y reconocimiento de lesiones en columna, tobillo y rodilla), proponiendo confirmar la sentencia de grado; dicha postura quedó en minoría y no integra la decisión final del Tribunal. Se transcribe fragmento relevante de la disidencia: "Partiendo de dicha base conceptual, no advierto razones para desestimar los hallazgos detectados en el marco de la pericia médica practicada en autos... En consecuencia, a modo de ver, lo decidido en tal sentido, debe ser confirmado."

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