SABAINO, JORGE OSCAR c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Demanda por accidente de trabajo contra Galeno ART S.A. por indemnización. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y dispuso que el capital nominal de condena será actualizado y llevará aditamentos conforme las pautas establecidas por el voto mayoritario; además impuso costas y reguló honorarios.
Actor: Sabaino, Jorge Oscar. Demandado: Galeno ART S.A. Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo y condena indemnizatoria en autos por Ley Especial.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia apelada y dispuso que el capital nominal de condena será actualizado y llevará aditamentos conforme las pautas establecidas por el voto mayoritario; además impuso las costas y reguló los honorarios conforme lo dispuesto en el voto mayoritario.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Del voto mayoritario (Dr. Enrique Catani): "Por ello, considero que el capital de condena determinado en los pronunciamientos anteriores, conforme el inciso primero del art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo (texto según ley 27.348), deberá recalcularse desde la fecha de inicio del cómputo y hasta el momento en que se practique la nueva liquidación del art. 132 de la LO según la variación del índice RIPTE (conforme inciso 2° art. 12 LRT, texto según decreto 669/2019) y, sobre dicho resultado, corresponde añadir un interés puro del 6% desde la fecha del accidente y hasta el momento en que se practique la liquidación del art. 132 de la LO."
- Sobre vigencia y aplicación del decreto 669/2019 (Dr. Catani): "El decreto 669/2019... se aplicarán en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante".
- Disidencia (Dra. María Cecilia Hockl): la jueza sostuvo una posición distinta respecto de la constitucionalidad y alcance de la prohibición indexatoria y formuló una propuesta alternativa de cálculo: "Se impone, consecuentemente, acudir a la última ratio del orden jurídico y declarar inconstitucional al artículo 7º de la ley 23.928 (texto cfr. ley 25.561) en el caso específico bajo estudio, por generar una intolerable erosión de las acreencias de la persona trabajadora..." y propuso una reducción del 20% sobre los accesorios calculados conforme RIPTE + 6%, resultando en "el importe ascendería a $39.600.000 aproximadamente". (Esta posición quedó en disidencia).
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