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RIVERA TORDOYA, SHIRLEY STEFANY c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Demandante reclamó indemnización por accidente in itinere con secuelas psicológicas. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a GALENO ART S.A. a pagar $46.449 más actualización e intereses, además de costas y regulación de honorarios, por entender acreditada una incapacidad psicológica indemnizable del 10% de la TO.

Accidente in itinere Incapacidad psicologica Trastorno por estres postraumatico Indemnizacion laboral Ley 24.557 Ley 26.773 Intereses tasa activa +37 5% Inconstitucionalidad art.46 lrt Actualizacion ripte Costas y honorarios.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: RIVERA TORDOYA SHIRLEY STEFANY. Demandado: GALENO ART S.A. (ART). Objeto: Cobro de suma resultante de la liquidación por accidente in itinere del 26.02.2015, con perjuicios por incapacidad psicológica (trastorno por estrés postraumático crónico) y demás prestaciones correspondientes. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a GALENO ART S.A. a pagar la suma de $46.449 (pesos cuarenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y nueve) más la actualización y los intereses dispuestos en el considerando respectivo; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) "En principio, y por una cuestión de orden metodológico, resulta imprescindible dejar asentado que corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557, en tanto el mismo afecta los principios del juez natural y de acceso a la justicia." 2) "En este contexto, lo principal se circunscribe a si, como consecuencia del mismo, el actor padece o no de alguna incapacidad que resulte indemnizable en los términos de la ley 24557." 3) Respecto de la prueba pericial: "Por ello el perito médico concluye: Las presentes consideraciones carecen de corroboración médico legal por no haberse realizado la entrevista personal con la actora. Secuelas orgánicas: No se objetivan en los estudios por imagen. Secuelas psicológicas: De acuerdo a lo informado por la Licenciada, la actora presentaría TRASTORNO DE ANSIEDAD.
- EN ESPECÍFICO TRASTORNO POR ESTRÉS POSTRAUMATICO CRÓNICO (F43.1 (434) ... concluyéndose pericialmente en una RVAN Estadio III con incapacidad del 5%." 4) Valoración judicial final: "Por tales circunstancias, y analizados todos estos elementos a la luz de la sana crítica, concluyo que la actora padece de una incapacidad psicológica indemnizable del 10 % de la TO, lo que así decido." 5) Sobre actualización e intereses: "El monto de condena devengará intereses ... a la tasa de interés Activa ... incrementada en un 37,5%, los que se capitalizarán a la fecha de notificación del traslado de la demanda ... El monto resultante, seguirá devengando intereses a esta tasa ... hasta el efectivo pago." 6) Sobre la aplicación del índice RIPTE: el tribunal menciona el pronunciamiento de la CSJN en "Espósito Dardo Luis ..." y señala: "Por ello, principios de economía procesal, y la actitud de seguimiento que corresponde adoptar respecto a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tornan aconsejable receptar el criterio expuesto, y, en consecuencia, dejar establecido el monto de condena en la suma arriba indicada."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el fallo.

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