PAEZ, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes previsionales solicitados por el actor contra ANSES por aplicaciones de los regímenes de movilidad y descuentos. La Cámara Federal de Mendoza revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 (haciendo lugar parcialmente al recurso de ANSES) y confirmó en lo demás la sentencia apelada, imponiendo costas y regulando honorarios.
¿Quién es el actor?
PÁEZ, JUAN CARLOS (actora/demandante).
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes previsionales varios, impugnación de la aplicación de los regímenes de movilidad (leyes 27.426, 27.541 y 27.609 y decretos de 2020), cuestionamiento de descuentos por impuesto a las ganancias y tasa de interés aplicable a créditos retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426; no se hizo lugar al recurso de apelación de la actora; se confirmó en lo demás la sentencia apelada en cuanto no se oponga a lo decidido; se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios profesionales en un 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio planteado por ANSeS, revocar en este punto la sentencia de primera instancia y declarar la constitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426."
2) "En consecuencia, corresponde confirmar lo resuelto en la instancia de grado en este punto, rechazando el agravio introducido." (referido a distintos agravios de la actora, entre ellos bonos extraordinarios, prueba, progresividad y tasa de interés)
3) "6
- Respecto de las costas de la anterior y de la presente instancia(agravio de ANSES) atento al resultado obtenido y habiéndose declarado la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo”, corresponde imponer las costas de la primera y segunda instancia por su orden. (art. 36 de la ley Nº 27.423). 7
- Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia (art. 30 de la Ley 27.423)."
- Votos / disidencia: Los jueces Castiñeira de Dios y Pérez Curci adhirieron al voto del Dr. Pizarro; no surge voto en disidencia en el acuerdo final.
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