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RAMIREZ, HUMBERTO JOEL c/ EXPERTA -0- ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/RECURSO LEY 27348

Trabajador apeló la confirmación de resoluciones de la Comisión Médica Jurisdiccional sobre incapacidad. La Cámara confirmó la sentencia apelada por falta de concurrencia del actor a las citaciones periciales y mantuvo la imposición de costas y la regulación de honorarios.

Apelacion Incapacidad Comision medica jurisdiccional Prueba pericial Incomparecencia Costas de alzada Honorarios Cpccn art.68 Ley 27.423 Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

RAMIREZ, HUMBERTO JOEL (trabajador).

¿A quién se demanda?

EXPERTA -0
- ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
- Objeto de la demanda: Impugnación de resoluciones de la Comisión Médica Jurisdiccional relativas a la incapacidad/reconocimiento médico (recurso en autos de ley 27.348).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada; impuso las costas de Alzada por su orden; y reguló los honorarios del letrado firmante del escrito dirigido a la Cámara en el 30% de los que le fueron fijados en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "De las constancias de la causa se extrae que el accionante no concurrió a las reiteradas citaciones que se le cursaron para ser revisado por el perito médico (v. Sistema Lex100, intimaciones de fecha 29/10/2024; 23/12/2024 y 25/02/2025), circunstancia que motivó la resolución mediante la cual, en fecha 17/06/2025, se lo tuvo por desistido de la prueba pericial médica." "Por lo demás, el propio letrado apelante reconoce, en su memorial, que retomó contacto con el actor el 6/5/2025, cuando ya habían fracasado tres citaciones para la realización del examen pericial. En tales condiciones, era carga de la parte arbitrar los medios necesarios para que el accionante concurriera a una nueva citación, extremo que no aconteció." "La circunstancia de que en el recurso se reconozca haber perdido contacto con el actor demuestra el desinterés de éste en la producción de la prueba fundamental para acreditar la incapacidad invocada." "La imposición de costas será mantenida desde que sigue el principio de la derrota (art. 68 CPCCN)." "Los honorarios regulados a favor del perito médico, atendiéndose a la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas y las pautas arancelarias de aplicación, no lucen elevados, por lo que serán confirmados."
- Votos / disidencias: Ambos jueces (Pesino y González) adhieren y votan por confirmar la sentencia apelada; no existe disidencia en el acuerdo.

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