MONTIEL VILLASBOA, VICTOR c/ OVIEDO ZARZA, FELIPE Y OTROS s/DESPIDO
Demanda por despido contra Oviedo Zarza y otros; la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó el recurso del codemandado Ciuffardi, imponiéndole las costas y fijando honorarios del 30% sobre lo percibible por los honorarios de primera instancia.
¿Quién es el actor?
MONTIEL VILLASBOA, VICTOR.
¿A quién se demanda?
OVIEDO ZARZA, FELIPE y otros (codemandado relevado: Ciuffardi Pablo Adrián).
- Objeto de la demanda: demanda por despido.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo —Sala IX— confirmó la sentencia de grado en todo lo que fue materia de recurso y agravios; rechazó el recurso de apelación interpuesto por el codemandado Ciuffardi, le impuso las costas de la alzada y reguló los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte actora y del codemandado Ciuffardi en el 30% de lo que les corresponda percibir sobre los honorarios fijados en primera instancia. Asimismo, ordenó hacer saber a las partes y peritos la vigencia de la Ley 26.685 y los acuerdos de la CSJN citados para notificaciones y presentaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En primer lugar, con relación al recurso interpuesto por el codemandado, cabe señalar que, conforme lo dispone el art. 116 de la LO y lo ha sostenido de manera constante la jurisprudencia, constituye presupuesto de admisibilidad de todo recurso de apelación el desarrollo de una crítica concreta y razonada respecto de los aspectos de la sentencia que el apelante estime erróneos. Ello implica la carga de indicar con precisión los supuestos errores, omisiones o deficiencias que se atribuyen al fallo, así como de fundamentar adecuadamente tales objeciones."
"En el caso, no advierto que dicha exigencia se encuentre satisfecha, pues la presentación que dio origen a esta instancia se limita a exteriorizar su disconformidad con los fundamentos de la decisión, sin proponer una solución o valoración alternativa que permita conmover lo resuelto en origen, ni aportar elementos objetivos que demuestren -más allá de apreciaciones personales o parciales
- que la sentencia resulte equivocada o carente de sustento fáctico o jurídico."
"En consecuencia, corresponde desestimar en forma global el recurso interpuesto por la parte recurrente (art. 116 LO)."
"En atención al resultado arribado, corresponde imponer las costas de esta alzada a cargo del codemandado vencido Ciuffardi Pablo Adrián (art. 68 CPCCN). Asimismo, atendiendo al mérito y a la extensión de la labor desarrollada por los profesionales intervinientes en esta alzada, así como al resultado del pleito que he dejado propuesto, propongo regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado de las partes actora y codemandado Ciuffardi en el 30% de lo que les corresponda percibir sobre los honorarios fijados en primera instancia..."
- Votos disidentes: No consta voto en disidencia; el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió al voto que antecede.
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